Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06039/2024)
Resolución de convocatorias de ayudas para deportistas y entidades deportivas emeritenses del año 2024
17 páginas totales
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Ayuntamiento de Mérida

Anuncio 6039/2024

modifica la puntuación de la solicitud.
33. Don Juan Alfonso González presenta alegaciones, adjuntando documentación que adolecía el expediente y
reclama que los méritos están mal valorados. Una vez verificados que todos los datos están correctos, se
modifica la puntuación de la solicitud.
34. Don Juan Antonio Galán López presenta alegaciones, adjuntando documentación que adolecía el
expediente. Se aceptan las subsanaciones
35. Don Carlos Ferreira Gómez Valadés presenta alegaciones, adjuntando documentación que adolecía el
expediente. Una vez verificados que todos los datos están correctos, se modifica la puntuación de la solicitud.
Cuarto. Se trae a la mesa lo que las base décima de la convocatoria recoge.- Límites de subvenciones y compatibilidad de las
mismas.
"...Las ayudas no podrán exceder de:
2.000,00 euros para deportistas.
4.000,00 euros por entidad deportiva...".
"...Si alguna persona o entidad tuviese derecho, según la fórmulas de cálculo, a una cantidad superior al límite
establecido, el importe no concedido podrá prorratearse entre el resto de solicitudes beneficiarias de la
convocatoria, sin superar el importe máximo global…".
Se argumenta también que en la Ordenanza general de subvenciones en el artículo 14. Procedimiento de concesión
mediante concurrencia competitiva, se recoge que "...excepcionalmente, siempre que así se prevea en las bases
reguladoras, el órgano competente procederá al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global
máximo destinado a las subvenciones…".
Visto lo anterior, y observando que no se han concedido importes por las cantidades correspondientes a las fórmulas
establecidas en la convocatoria, al haber llegado estos a los límites establecidos en la base décima, se acuerda proponer que
se prorratee las cantidades no asignadas en la línea de deportistas masculinos y femeninos, por entender que de este modo
se daría mejor cobertura a la promoción del deporte base, uno de los objetivos de la convocatoria.
Se asigna por tanto la cantidad de 1.846,11 euros (deportistas femeninas) y 2.305,34 euros (deportistas masculino), para
aumentar la línea de entidades deportivas por la cantidad total de 49.151,46 euros.
Quinto.- Finalmente se acuerda proponer, según lo recogido en la base duodécima.- Justificación "...la subvención podrá ser
abonada en un solo pago anticipado, previa presentación de toda la documentación necesaria que acredite la identidad y el
cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos establecidos según la legislación vigente, certificados de estar al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (Hacienda Municipal, Hacienda Autonómica, Agencia Tributaria
Estatal) y frente a la Seguridad Social, además de la declaración de responsabilidad de no estar incurso en ningún
procedimiento de reintegro…" que se proceda al abono anticipado de las ayudas asignadas, una vez publicada la resolución
final.
Sexto.- Según las solicitudes presentadas y la base novena de la convocatoria, se propone que se asignen las siguientes
ayudas:
__________________
ANEXO I
DEPORTISTAS FEMENINAS
Solicitud

Modalidad Modalidad
Categoría
Campeonato Campeonato Campeonato
Número
Puntuación
no
Olímpica participación del mundo
de Europa
de España
participantes
final
Olímpica
en equipos

Estefanía
Fernández
González

X

X

Absoluto

768,75

0

312,5

1,2,4

1081,25

Celia
Morales
Cambero

X

0

Senior

0

0

17,5

2

17,5

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Ayuda
(€)
2.000,00

73,28

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