Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05913/2024)
Extracto de las bases específicas con convocatoria abierta reguladora de la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de dinamización deportiva 2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 5913/2024
Base 12. Publicidad e interpretación.
Las presentes bases de la convocatoria se publicarán para general conocimiento de los interesados en el Boletín Oficial de la
Provincia por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la Web de la Diputación Provincial de Badajoz, en
la dirección: https://www.dip-badajoz.es/bop/index.php para general conocimiento de los interesados.
Para todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes bases y la interpretación de las dudas que puedan surgir
en su aplicación será competente el órgano con facultades para aprobar las mismas, que queda autorizado para dictar
aquellos actos que sean precisos para su desarrollo.
Base 13.- Indicadores de resultado y de actividad.
Deberán incluirse en la tabla que se incorpora al anexo III.
Base 14. Control, reintegro y sanciones.
Las acciones de control y los supuestos de reintegro y sanciones derivados de los incumplimientos establecidos en las
presentes bases se regirán por la Ley 38/2003, de 1 de noviembre, General de Subvenciones, así como por el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley.
Base 15. Protección de datos.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales y Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD el Diputado Delegado de Cultura, Deportes y Juventud (decreto
10/04/2024, BOP 11/04/2024), Ricardo Cabezas Martín.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Las presentes bases de la convocatoria se publicarán para general conocimiento de los interesados en el Boletín Oficial de la
Provincia por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la Web de la Diputación Provincial de Badajoz, en
la dirección: https://www.dip-badajoz.es/bop/index.php para general conocimiento de los interesados.
Para todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes bases y la interpretación de las dudas que puedan surgir
en su aplicación será competente el órgano con facultades para aprobar las mismas, que queda autorizado para dictar
aquellos actos que sean precisos para su desarrollo.
Base 13.- Indicadores de resultado y de actividad.
Deberán incluirse en la tabla que se incorpora al anexo III.
Base 14. Control, reintegro y sanciones.
Las acciones de control y los supuestos de reintegro y sanciones derivados de los incumplimientos establecidos en las
presentes bases se regirán por la Ley 38/2003, de 1 de noviembre, General de Subvenciones, así como por el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley.
Base 15. Protección de datos.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales y Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD el Diputado Delegado de Cultura, Deportes y Juventud (decreto
10/04/2024, BOP 11/04/2024), Ricardo Cabezas Martín.
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