Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06049/2024)
Delegación de competencias
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Ayuntamiento de Guareña

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Guareña
Guareña (Badajoz)
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Delegación de competencias

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA SOBRE DELEGACIONES
Considerando que mediante resolución de Alcaldía número 346/2023, de fecha 26 de junio de 2023, se efectuaron
delegaciones de competencia en las diferentes concejalías que componen el equipo de gobierno. Dichas delegaciones se
publicaron en el BOP de Badajoz número 123 de fecha 29 de junio de 2023.
Habiéndose producido la renuncia a su condición de concejal (toma de razón por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el
día 9 de octubre de 2024) de un miembro del equipo de gobierno, y de conformidad con el principio de autoorganización
municipal.
De conformidad con lo dispuesto los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44 y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
Primero. Efectuar las siguientes delegaciones, respecto de los servicios municipales que se especifican, a favor
de los concejales que a continuación se indican:

Área/Materia

Concejal

Hacienda, régimen interior, seguridad ciudadana, industria y relaciones
institucionales con Torrefresneda

María Soledad Heras Mora

Cultura, educación, patrimonio arqueológico y cultural, bienestar social y
universidad popular

José Luis Álvarez Monge

Personal, formación para el empleo, ciudadanía, atención a la diversidad,
infancia, LGTBI, igualdad, familia y mayores, huertos ecológicos y ocio
saludable. Cooperación

Nazareth Sánchez Polo

Obras, agricultura, urbanismo, medio ambiente y vivienda

Juan Carlos Fernández
Serrano

Turismo, desarrollo rural y despoblación, Semana Santa, comercio,
gastronomía, participación juvenil. Comunicación y prensa

Nazaret Acevedo Frutos

Deporte, festejos y mercados

Pedro José Gil Martínez

Salud pública, servicios externos y limpieza y mantenimiento de edificios
públicos y vías públicas

María Luisa Mancha Juez

Parques, jardines y sostenibilidad ambiental

José Carlos López Monago

Segundo. Las delegaciones genéricas conferidas tendrán la extensión prevista en el artículo 121.2 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre; comprendiendo, en consecuencia, todas aquellas facultades,
derechos y deberes referidos a la materia delegada que correspondan al órgano que tiene asignadas
originariamente las atribuciones, con la sola excepción de las que según la Ley 7/1985, de 2 de abril, no sean
delegables.
Las delegaciones efectuadas abarcarán las facultades de dirección, organización interna así como la gestión
de los correspondientes servicios, y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a
terceros.
Tercero. Esta alcaldía conservará las siguientes facultades en relación con las competencias delegadas:
a) La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de actos o
disposiciones emanados, en virtud de la delegación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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