Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05904/2024)
Bases reguladora de la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de dinamización cultural 2025 de la Diputación de Badajoz
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
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que se ha efectuado el pago efectivo de la factura, la fecha en la que se realizó dicho pago y que no se dispone de
ninguna otra subvención destinada a dicha actividad que sumada a la de Diputación de Badajoz exceda del importe
total de la misma, todo ello según el modelo del anexo IV.
Factura abonada al artista/grupo.
Documento acreditativo del pago.
3.- El plazo para presentar la solicitud de subvención y la documentación requerida será de 1 mes a contar a partir del día
siguiente al de la celebración de la actividad.
La solicitud y documentación se presentará exclusivamente a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica
de Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/ y el acceso deberá realizarse con certificado digital de
representación de la entidad local. Los pasos a seguir para realizar el trámite son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/.
2. Trámites entidades locales y AAPP.
3. En trámites por delegaciones seleccionar Cultura, Deportes y Juventud.
4. Seleccionar el trámite solicitud de subvención por la realización de actividad acogida al Programa de
dinamización cultural 2025.
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la entidad local.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos y documentos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud, anexos y documentos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las
siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
En el supuesto de que la actividad se celebre desde el día 1 de noviembre de 2025 hasta el día 20 de noviembre de 2025, el
plazo para presentar la solicitud de subvención y la documentación requerida finalizará en todo caso el día 30 de noviembre
de 2025.
4.- La comunicación, solicitud y anexos mencionados deberán contener la firma electrónica requerida en la Ordenanza
reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz y sus
entidades y organismos dependientes (BOP número 9 de 15 de enero de 2021), y en aplicación de la legislación de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.- La Diputación Provincial de Badajoz podrá requerir al interesado la exhibición del documento o de la información original
o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con los documentos aportados. La aportación de los
documentos implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en los
mismos.
6.- La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención por parte del
solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse.
7.- En el supuesto de que se produjera una incidencia técnica en el registro electrónico de la Diputación de Badajoz,
debidamente acreditada por éste, que impida la presentación de las solicitudes en algún momento del último día del plazo
establecido para ello, el centro gestor podrá abrir un nuevo plazo de presentación de las mismas de 3 días hábiles. Para ello,
una vez subsanada la incidencia, a la mayor brevedad posible y en todo caso antes de que se inicie la tramitación de las
solicitudes, deberá realizar una publicación en la sede electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo.
Todo ello, sin perjuicio de la potestad de ampliación del plazo establecida en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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que se ha efectuado el pago efectivo de la factura, la fecha en la que se realizó dicho pago y que no se dispone de
ninguna otra subvención destinada a dicha actividad que sumada a la de Diputación de Badajoz exceda del importe
total de la misma, todo ello según el modelo del anexo IV.
Factura abonada al artista/grupo.
Documento acreditativo del pago.
3.- El plazo para presentar la solicitud de subvención y la documentación requerida será de 1 mes a contar a partir del día
siguiente al de la celebración de la actividad.
La solicitud y documentación se presentará exclusivamente a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica
de Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/ y el acceso deberá realizarse con certificado digital de
representación de la entidad local. Los pasos a seguir para realizar el trámite son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/.
2. Trámites entidades locales y AAPP.
3. En trámites por delegaciones seleccionar Cultura, Deportes y Juventud.
4. Seleccionar el trámite solicitud de subvención por la realización de actividad acogida al Programa de
dinamización cultural 2025.
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la entidad local.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos y documentos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud, anexos y documentos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las
siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
En el supuesto de que la actividad se celebre desde el día 1 de noviembre de 2025 hasta el día 20 de noviembre de 2025, el
plazo para presentar la solicitud de subvención y la documentación requerida finalizará en todo caso el día 30 de noviembre
de 2025.
4.- La comunicación, solicitud y anexos mencionados deberán contener la firma electrónica requerida en la Ordenanza
reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz y sus
entidades y organismos dependientes (BOP número 9 de 15 de enero de 2021), y en aplicación de la legislación de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.- La Diputación Provincial de Badajoz podrá requerir al interesado la exhibición del documento o de la información original
o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con los documentos aportados. La aportación de los
documentos implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en los
mismos.
6.- La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención por parte del
solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse.
7.- En el supuesto de que se produjera una incidencia técnica en el registro electrónico de la Diputación de Badajoz,
debidamente acreditada por éste, que impida la presentación de las solicitudes en algún momento del último día del plazo
establecido para ello, el centro gestor podrá abrir un nuevo plazo de presentación de las mismas de 3 días hábiles. Para ello,
una vez subsanada la incidencia, a la mayor brevedad posible y en todo caso antes de que se inicie la tramitación de las
solicitudes, deberá realizar una publicación en la sede electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo.
Todo ello, sin perjuicio de la potestad de ampliación del plazo establecida en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
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