Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Orellana la Vieja. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06046/2024)
Aprobación provisional de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de terreno de dominio público local con puestos de venta no sedentaria
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Ayuntamiento de Orellana la Vieja

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Orellana la Vieja
Orellana la Vieja (Badajoz)
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Aprobación provisional de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de terreno de dominio público local
con puestos de venta no sedentaria

APROBACIÓN PROVISIONAL
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Orellana la Vieja por el que se aprueba provisionalmente la modificación de la
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de terreno de dominio público local con puestos de venta no
sedentaria.
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad expediente de modificación de la de la Ordenanza fiscal
reguladora de la tasa por utilización de terreno de dominio público local con puestos de venta no sedentaria que se detalla a
continuación, el Pleno de esta Entidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 4 de diciembre de 2024, acordó la
aprobación provisional de la referida modificación de la Ordenanza fiscal.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo
de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que
las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en la sede electrónica de esta entidad.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho
acuerdo.
En Orellana la Vieja, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidenta, María del Pilar Carmona Acosta.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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