Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (06057/2024)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 2/2024, en la modalidad de créditos extraordinarios
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Ayuntamiento de Alconchel

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alconchel
Alconchel (Badajoz)
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Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 2/2024, en la modalidad de créditos
extraordinarios

No habiéndose formulado reclamaciones en el plazo legalmente establecido contra el acuerdo adoptado por el
Ayuntamiento de Alconchel, en Pleno, en sesión extraordinaria y urgente celebrada con fecha de 18 de noviembre de 2024,
por el que se aprobaba inicialmente el expediente de modificación presupuestaria número 2/2024 de la Entidad, por
créditos extraordinarios, BOP número 223, de 19 de noviembre de 2024, anuncio 5611/2024, se considera definitivamente
aprobado el citado expediente conforme a lo dispuesto en el artículo 169.1, en relación con el artículo 177.2, del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, en los siguientes términos:
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS
Estado de gastos: Aumento.

Aplicaciones

Descripción

2024 920 62900 Otras inversiones nuevas asociadas al funcionamiento operativo de los servicios
Total:

Euros
174.130,00
174.130,00

Estado de ingresos: Aumento.

Aplicaciones

Descripción

2024 91100 Préstamos recibidos a largo plazo de entes del sector público
Total:

Euros
174.130,00
174.130,00

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3, en relación con el 177.2, del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, haciéndose saber a los interesados que, contra el acuerdo de aprobación definitiva, podrá
interponerse recurso contencioso- administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo
de 2 meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOP, de conformidad con lo establecido por el artículo 171
del mismo texto legal, en relación con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen
oportuno.
Alconchel, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Óscar Díaz Hernández.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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