Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Maguilla. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05979/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de organización y funcionamiento del programa colaborativo rural ateneo "Maguilla Construye"
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Ayuntamiento de Maguilla
Anuncio 5979/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Maguilla
Maguilla (Badajoz)
Anuncio 5979/2024
Aprobación definitiva del Reglamento de organización y funcionamiento del programa colaborativo rural ateneo
"Maguilla Construye"
APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA COLABORATIVO
RURAL ATENEO "MAGUILLA CONSTRUYE"
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de marzo de 2021, acordó la aprobación inicial del Reglamento de
organización y funcionamiento del programa colaborativo rural ateneo "Maguilla Construye".
Sometido el expediente a información pública por plazo de treinta días, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de
la Provincia número 62, de 6 de abril de 2021, en ausencia de reclamaciones, ha resultado definitivamente aprobado el
acuerdo hasta entonces provisional.
En su virtud, se hace pública dicha circunstancia y se procede a la publicación del texto íntegro de la Ordenanza en el Boletín
Oficial de la Provincia, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, entrando en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la misma norma.
Contra el acuerdo, podrá interponerse, conforme a lo dispuesto en el artículo 52.1 de la citada Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura, durante el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 10.1.b), 14 y 46.1 Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
PREÁMBULO
El presente Reglamento pretende servir de norma que articule, dentro de la legalidad vigente, aquellos aspectos propios del
desarrollo y desempeño cotidiano de los programas/proyectos de empleo y formación, regulando su ordenación técnica y
organización y constituyendo sus normas de funcionamiento y coordinación, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el
decreto 154/2018, de 18 de septiembre, por el que se regulan estos programas, el estatuto de los trabajadores y demás
legislación que resulte de aplicación.
TÍTULO PRIMERO: ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ORGANIZACIÓN
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.
Las normas del presente Reglamento son de orden interno y serán de aplicación a la totalidad de los participantes del
programa colaborativo rural ateneo "Maguilla construye" (personal técnico y docente y alumnado trabajador) cuya entidad
promotora es el Excmo. Ayuntamiento de Maguilla en su condición de entidad promotora y contratante, y durante el tiempo
que éstos estén contratados al amparo del programa.
Artículo 2.- Organización general.
La organización general del programa/proyecto corresponderá a dos niveles:
Nivel institucional: La máxima responsabilidad institucional del programa/proyecto corresponderá al Excmo.
Ayuntamiento de Maguilla, como entidad promotora y contratante, cargo que compartirá con el Servicio de
Extremeño Público de Empleo (en adelante, SEXPE) o, en su caso, con la correspondiente entidad gestora de la
subvención concedida para la puesta en marcha del programa/proyecto, en los términos que marca la legislación y la
normativa publicada al efecto.
Nivel interno: La organización interna del programa se asentará en su equipo directivo- docente, entendido este
como órgano de trabajo colectivo. Se completará este órgano con la existencia de un delegado/a de alumnos/as, de
la especialidad formativa de Albañilería.
Artículo 3.- Organización operativa.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Maguilla (Badajoz)
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"Maguilla Construye"
APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA COLABORATIVO
RURAL ATENEO "MAGUILLA CONSTRUYE"
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de marzo de 2021, acordó la aprobación inicial del Reglamento de
organización y funcionamiento del programa colaborativo rural ateneo "Maguilla Construye".
Sometido el expediente a información pública por plazo de treinta días, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de
la Provincia número 62, de 6 de abril de 2021, en ausencia de reclamaciones, ha resultado definitivamente aprobado el
acuerdo hasta entonces provisional.
En su virtud, se hace pública dicha circunstancia y se procede a la publicación del texto íntegro de la Ordenanza en el Boletín
Oficial de la Provincia, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, entrando en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la misma norma.
Contra el acuerdo, podrá interponerse, conforme a lo dispuesto en el artículo 52.1 de la citada Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura, durante el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 10.1.b), 14 y 46.1 Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
PREÁMBULO
El presente Reglamento pretende servir de norma que articule, dentro de la legalidad vigente, aquellos aspectos propios del
desarrollo y desempeño cotidiano de los programas/proyectos de empleo y formación, regulando su ordenación técnica y
organización y constituyendo sus normas de funcionamiento y coordinación, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el
decreto 154/2018, de 18 de septiembre, por el que se regulan estos programas, el estatuto de los trabajadores y demás
legislación que resulte de aplicación.
TÍTULO PRIMERO: ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ORGANIZACIÓN
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.
Las normas del presente Reglamento son de orden interno y serán de aplicación a la totalidad de los participantes del
programa colaborativo rural ateneo "Maguilla construye" (personal técnico y docente y alumnado trabajador) cuya entidad
promotora es el Excmo. Ayuntamiento de Maguilla en su condición de entidad promotora y contratante, y durante el tiempo
que éstos estén contratados al amparo del programa.
Artículo 2.- Organización general.
La organización general del programa/proyecto corresponderá a dos niveles:
Nivel institucional: La máxima responsabilidad institucional del programa/proyecto corresponderá al Excmo.
Ayuntamiento de Maguilla, como entidad promotora y contratante, cargo que compartirá con el Servicio de
Extremeño Público de Empleo (en adelante, SEXPE) o, en su caso, con la correspondiente entidad gestora de la
subvención concedida para la puesta en marcha del programa/proyecto, en los términos que marca la legislación y la
normativa publicada al efecto.
Nivel interno: La organización interna del programa se asentará en su equipo directivo- docente, entendido este
como órgano de trabajo colectivo. Se completará este órgano con la existencia de un delegado/a de alumnos/as, de
la especialidad formativa de Albañilería.
Artículo 3.- Organización operativa.
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