Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia" (Badajoz). (05838/2024)
Bases de la convocatoria para las plazas de alumnado de la Escuela Provincial de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz para el curso 2025
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Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia"
Anuncio 5838/2024
cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Lo dispone así, el Presidente de la Diputación de Badajoz y Presidente del OA Patronato Provincial de la Escuela de
Tauromaquia.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D, el Vicepresidente del OA Patronato Provincial de la Escuela de
Tauromaquia de Diputación de Badajoz (Decreto 10/04/2024, BOP 11/4/2024), Saturnino Alcázar Vaquerizo.
Por la Oficial Mayor, María Fernanda Rubio Cortés, se toma razón, para su transcripción al libro electrónico de resoluciones,
y a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 14 , 25.1 y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse
cualquier otro recurso que se estime procedente.
BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA DE OFERTA DE PLAZAS DE ALUMNADO DE LA ESCUELA PROVINCIAL DE
TAUROMAQUIA DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ PARA EL CURSO 2025
Base n.º 1.- Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de selección del alumnado de la Escuela Provincial de
Tauromaquia de la Diputación de Badajoz, en relación a las plazas ofertadas, donde recibirán enseñanzas teórico-prácticas
relacionadas con las diversas suertes del toreo durante el curso 2025.
Base n.º 2.- Número de plazas.
Se ofertan 50 plazas. Siendo posible la ampliación del número de plazas siempre que se apruebe por el Consejo Rector ante
el informe justificado y emitido por la Coordinadora de Tauromaquia y los Directores de la Escuela de Tauromaquia.
Del número de plazas ofertadas se reservan 3 plazas para los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al
33%, ampliándose a estos alumnos el límite de edad establecido en la base n.º 5, a 25 años. De no cubrirse estas plazas se
unirán a la convocatoria general.
Base n.º 3.- Instalaciones para la formación teórica y práctica.
Las clases teóricas y prácticas se celebrarán en las instalaciones de la Escuela Provincial de Tauromaquia de Diputación de
Badajoz, ubicada en la Plaza de Toros de Badajoz.
Base n.º 4.- Fechas y horario.
El calendario lectivo, una vez sea resuelta la admisión y selección de los alumnos, se publicará en el tablón de anuncios de la
Escuela de Tauromaquia, conforme al programa de actividades aprobado.
Las clases tendrán lugar los lunes, miércoles y viernes en horario de 16:00h a 19:00h y los sábados en horario de 9:00h a
12:00h. Este horario puede variar según la estación del año, debido principalmente a condiciones meteorológicas y
actividades complementarias de la Escuela.
La participación de alumnos de esta Escuela de Tauromaquia en clases prácticas, novilladas, bolsines taurinos, festivales,
etc… podrá realizarse a lo largo de todo el año.
Base n.º 5.- Requisitos.
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interno de la Escuela publicado en el BOP el 19 de septiembre de 2019 y
el artículo 7 del decreto 61/2006, de 4 de abril, por el que se establecen normas para la ordenación de la Escuelas Taurinas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Lo dispone así, el Presidente de la Diputación de Badajoz y Presidente del OA Patronato Provincial de la Escuela de
Tauromaquia.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D, el Vicepresidente del OA Patronato Provincial de la Escuela de
Tauromaquia de Diputación de Badajoz (Decreto 10/04/2024, BOP 11/4/2024), Saturnino Alcázar Vaquerizo.
Por la Oficial Mayor, María Fernanda Rubio Cortés, se toma razón, para su transcripción al libro electrónico de resoluciones,
y a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 14 , 25.1 y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse
cualquier otro recurso que se estime procedente.
BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA DE OFERTA DE PLAZAS DE ALUMNADO DE LA ESCUELA PROVINCIAL DE
TAUROMAQUIA DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ PARA EL CURSO 2025
Base n.º 1.- Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de selección del alumnado de la Escuela Provincial de
Tauromaquia de la Diputación de Badajoz, en relación a las plazas ofertadas, donde recibirán enseñanzas teórico-prácticas
relacionadas con las diversas suertes del toreo durante el curso 2025.
Base n.º 2.- Número de plazas.
Se ofertan 50 plazas. Siendo posible la ampliación del número de plazas siempre que se apruebe por el Consejo Rector ante
el informe justificado y emitido por la Coordinadora de Tauromaquia y los Directores de la Escuela de Tauromaquia.
Del número de plazas ofertadas se reservan 3 plazas para los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al
33%, ampliándose a estos alumnos el límite de edad establecido en la base n.º 5, a 25 años. De no cubrirse estas plazas se
unirán a la convocatoria general.
Base n.º 3.- Instalaciones para la formación teórica y práctica.
Las clases teóricas y prácticas se celebrarán en las instalaciones de la Escuela Provincial de Tauromaquia de Diputación de
Badajoz, ubicada en la Plaza de Toros de Badajoz.
Base n.º 4.- Fechas y horario.
El calendario lectivo, una vez sea resuelta la admisión y selección de los alumnos, se publicará en el tablón de anuncios de la
Escuela de Tauromaquia, conforme al programa de actividades aprobado.
Las clases tendrán lugar los lunes, miércoles y viernes en horario de 16:00h a 19:00h y los sábados en horario de 9:00h a
12:00h. Este horario puede variar según la estación del año, debido principalmente a condiciones meteorológicas y
actividades complementarias de la Escuela.
La participación de alumnos de esta Escuela de Tauromaquia en clases prácticas, novilladas, bolsines taurinos, festivales,
etc… podrá realizarse a lo largo de todo el año.
Base n.º 5.- Requisitos.
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interno de la Escuela publicado en el BOP el 19 de septiembre de 2019 y
el artículo 7 del decreto 61/2006, de 4 de abril, por el que se establecen normas para la ordenación de la Escuelas Taurinas
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