Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05841/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de control interno
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
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17.4. Subvenciones directas o excepcionales (documento AD):
a) Acreditación, en la forma establecida en la norma reguladora de la subvención, que el
beneficiario se halla al corriente de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no
es deudor por resolución de procedencia de reintegro.
b) Informe del servicio correspondiente en el que se pongan de manifiesto las razones
establecidas en la LGS a las que se acoge la subvención.
c) Propuesta de convenio o resolución que regule la subvención.
Reconocimiento de la obligación, fase O:
a) Si en la normativa reguladora se prevé la aportación de garantías, acreditación de la
existencia de dichas garantías.
b) En el supuesto de que se propongan pagos parciales, para cada pago se comprobará,
además de los extremos anteriormente señalados para los anticipos, que:
Se ha previsto expresamente tal posibilidad a las bases /convocatoria/
convenio/resolución.
Se aporta la justificación requerida en las bases, a nombre de la entidad subvencionada
y en proporción al establecido en las bases.
c) Si existen anticipos se comprobará además que:
Se ha previsto expresamente tal posibilidad en las bases y convocatoria.
Se ha depositado la garantía que, en su caso, se haya fijado como exigible en las bases.
d) En caso de abono total o último pago, se comprobará además que:
Se aporta la justificación requerida en las bases.
17.5. Ayudas de emergencia social, incluidas las ayudas incluidas en el proyecto de prevención de la exclusión
social, mínimos vitales, etc. (documento ADO, AD-O).
Además de los extremos a fiscalizar con carácter general:
a) Existencia de informe del Servicio Social de Base determinando beneficiarios e importe.
17.6. Transferencias y premios (documento ADO):
Fiscalización previa solo de los extremos a fiscalizar con carácter general.
17.7. Subvenciones a grupos políticos (documento ADO):
a) Justificación de la subvención del ejercicio anterior e informe de cálculo sobre importe
correspondiente.
Artículo 18. Convenios.
Fiscalización previa solo de los extremos a fiscalizar con carácter general, salvo en convenios de importe igual o superior a
3.000,00 euros, en los que se fiscalizará:
Suscripción del convenio (documento AD):
a) Clara determinación del objeto del convenio.
b) Que el objeto del convenio no está comprendido en los contratos regulados en el TRLCSP o en normas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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17.4. Subvenciones directas o excepcionales (documento AD):
a) Acreditación, en la forma establecida en la norma reguladora de la subvención, que el
beneficiario se halla al corriente de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no
es deudor por resolución de procedencia de reintegro.
b) Informe del servicio correspondiente en el que se pongan de manifiesto las razones
establecidas en la LGS a las que se acoge la subvención.
c) Propuesta de convenio o resolución que regule la subvención.
Reconocimiento de la obligación, fase O:
a) Si en la normativa reguladora se prevé la aportación de garantías, acreditación de la
existencia de dichas garantías.
b) En el supuesto de que se propongan pagos parciales, para cada pago se comprobará,
además de los extremos anteriormente señalados para los anticipos, que:
Se ha previsto expresamente tal posibilidad a las bases /convocatoria/
convenio/resolución.
Se aporta la justificación requerida en las bases, a nombre de la entidad subvencionada
y en proporción al establecido en las bases.
c) Si existen anticipos se comprobará además que:
Se ha previsto expresamente tal posibilidad en las bases y convocatoria.
Se ha depositado la garantía que, en su caso, se haya fijado como exigible en las bases.
d) En caso de abono total o último pago, se comprobará además que:
Se aporta la justificación requerida en las bases.
17.5. Ayudas de emergencia social, incluidas las ayudas incluidas en el proyecto de prevención de la exclusión
social, mínimos vitales, etc. (documento ADO, AD-O).
Además de los extremos a fiscalizar con carácter general:
a) Existencia de informe del Servicio Social de Base determinando beneficiarios e importe.
17.6. Transferencias y premios (documento ADO):
Fiscalización previa solo de los extremos a fiscalizar con carácter general.
17.7. Subvenciones a grupos políticos (documento ADO):
a) Justificación de la subvención del ejercicio anterior e informe de cálculo sobre importe
correspondiente.
Artículo 18. Convenios.
Fiscalización previa solo de los extremos a fiscalizar con carácter general, salvo en convenios de importe igual o superior a
3.000,00 euros, en los que se fiscalizará:
Suscripción del convenio (documento AD):
a) Clara determinación del objeto del convenio.
b) Que el objeto del convenio no está comprendido en los contratos regulados en el TRLCSP o en normas
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