Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Guadiana (Medellín). Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (05824/2024)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito número 2/24
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Mancomunidad Integral de Municipios Guadiana
Anuncio 5824/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Municipios Guadiana
Medellín (Badajoz)
Anuncio 5824/2024
Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito número 2/24
APROBACIÓN DEFINITIVA DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO 2/2024
En cumplimiento del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en concordancia con el artículo 169 del mismo texto legal, al no
haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el
acuerdo de la Asamblea de esta Mancomunidad de aprobación inicial, adoptado en fecha 23 de octubre de 2024, sobre
concesión de suplementos de créditos financiados con cargo al remanente líquido de tesorería, con el siguiente resumen de
capítulos de presupuestarios afectados:
* Suplementos en aplicaciones de gastos:
SUPLEMENTOS DE CRÉDITO
Partidas presupuestarias
1532.13100 Retribuciones de personal de maquinaria
Importe (€)
Fuente de financiación
7.500,00
Remanente de tesorería
1532.16000 Seguridad Social a cargo de la empresa de personal de
maquinaria
2.500,00
920.12000 Retribuciones Secretario
250,00
920.13000 Retribuciones Gerente
300,00
920.13100 Retribuciones Administrativo
250,00
Remanente de tesorería
920.16000 Seguridad Social a cargo de la empresa Gerente y Administrativo
250,00
1532.21300 Mantenimiento maquinaria
10.000,00
1532.22400 Primas de seguros
1.000,00 Remanente de tesorería
1532.22699 Gastos varios parque de maquinarias
4.000,00
* Suplemento en concepto de ingresos:
Aplicación
87000
Descripción
Remanente tesorería gastos generales
Importe (€)
26.050,00
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
En Medellín, a fecha de la firma digital.- La Presidenta, Raquel Castaño Peña.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En cumplimiento del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en concordancia con el artículo 169 del mismo texto legal, al no
haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el
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capítulos de presupuestarios afectados:
* Suplementos en aplicaciones de gastos:
SUPLEMENTOS DE CRÉDITO
Partidas presupuestarias
1532.13100 Retribuciones de personal de maquinaria
Importe (€)
Fuente de financiación
7.500,00
Remanente de tesorería
1532.16000 Seguridad Social a cargo de la empresa de personal de
maquinaria
2.500,00
920.12000 Retribuciones Secretario
250,00
920.13000 Retribuciones Gerente
300,00
920.13100 Retribuciones Administrativo
250,00
Remanente de tesorería
920.16000 Seguridad Social a cargo de la empresa Gerente y Administrativo
250,00
1532.21300 Mantenimiento maquinaria
10.000,00
1532.22400 Primas de seguros
1.000,00 Remanente de tesorería
1532.22699 Gastos varios parque de maquinarias
4.000,00
* Suplemento en concepto de ingresos:
Aplicación
87000
Descripción
Remanente tesorería gastos generales
Importe (€)
26.050,00
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
En Medellín, a fecha de la firma digital.- La Presidenta, Raquel Castaño Peña.
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