Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente de Cantos. (05826/2024)
Bases del proceso de estabilización para cubrir una plaza de Trabajador Social (SSASB), mediante sistema de concurso-oposición
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Fuente de Cantos
Anuncio 5826/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuente de Cantos
Fuente de Cantos (Badajoz)
Anuncio 5826/2024
Bases del proceso de estabilización para cubrir una plaza de Trabajador Social (SSASB), mediante sistema de concursooposición
Por resolución de Alcaldía número 533/2024 de fecha 19 de noviembre del corriente, se aprobaron las bases y la
convocatoria para cubrir, como personal laboral fijo, una plaza de Trabajador Social (SSASB), mediante concurso-oposición
dentro del procedimiento para la estabilización de empleo temporal de esta entidad, aprobado mediante resolución de
Alcaldía número 192/2022, de fecha 31 de mayo.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES PARA CUBRIR UNA PLAZA DE TRABAJADOR SOCIAL (SSASB) LABORAL FIJO, DENTRO DEL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN
DE EMPLEO TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE FUENTE DE CANTOS MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN
1.ª.- Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es cubrir, como personal laboral fijo, una plaza de Trabajador Social (SSASB), dentro
del procedimiento para la estabilización de empleo temporal de esta entidad, aprobado mediante resolución de Alcaldía
número 44/2022, de fecha 18 de mayo, publicado en el BOP número 104 de 2 de junio de 2022.
2.ª.- Características de la plaza.
La plaza está incluida en la plantilla de este Ayuntamiento, perteneciente al grupo A2, con los emolumentos y retribuciones
que les corresponda, teniendo asignadas las funciones propias del puesto.
3.ª.- Normativa y bases reguladoras del proceso selectivo.
La realización de este proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local; y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado; Ley 20/21, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el Empleo Público.
4.ª.- Requisitos de los aspirantes.
4.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, o hallarse incurso en alguno de los supuestos contemplados
en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 9
Anuncio 5826/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuente de Cantos
Fuente de Cantos (Badajoz)
Anuncio 5826/2024
Bases del proceso de estabilización para cubrir una plaza de Trabajador Social (SSASB), mediante sistema de concursooposición
Por resolución de Alcaldía número 533/2024 de fecha 19 de noviembre del corriente, se aprobaron las bases y la
convocatoria para cubrir, como personal laboral fijo, una plaza de Trabajador Social (SSASB), mediante concurso-oposición
dentro del procedimiento para la estabilización de empleo temporal de esta entidad, aprobado mediante resolución de
Alcaldía número 192/2022, de fecha 31 de mayo.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES PARA CUBRIR UNA PLAZA DE TRABAJADOR SOCIAL (SSASB) LABORAL FIJO, DENTRO DEL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN
DE EMPLEO TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE FUENTE DE CANTOS MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN
1.ª.- Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es cubrir, como personal laboral fijo, una plaza de Trabajador Social (SSASB), dentro
del procedimiento para la estabilización de empleo temporal de esta entidad, aprobado mediante resolución de Alcaldía
número 44/2022, de fecha 18 de mayo, publicado en el BOP número 104 de 2 de junio de 2022.
2.ª.- Características de la plaza.
La plaza está incluida en la plantilla de este Ayuntamiento, perteneciente al grupo A2, con los emolumentos y retribuciones
que les corresponda, teniendo asignadas las funciones propias del puesto.
3.ª.- Normativa y bases reguladoras del proceso selectivo.
La realización de este proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local; y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado; Ley 20/21, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el Empleo Público.
4.ª.- Requisitos de los aspirantes.
4.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, o hallarse incurso en alguno de los supuestos contemplados
en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 9