Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio Provincial de Bibliotecas (Badajoz). (05686/2024)
Resolución de dotación de fondos bibliográficos y audiovisuales a entidades locales de la provincia de Badajoz
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Área de Cultura, Deportes y Juventud

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Cultura, Deportes y Juventud
Servicio Provincial de Bibliotecas
Badajoz
Anuncio 5686/2024
Resolución de dotación de fondos bibliográficos y audiovisuales a entidades locales de la provincia de Badajoz

RESOLUCIÓN DE DOTACIÓN DE FONDOS BIBLIOGRÁFICOS Y AUDIOVISUALES A ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE
BADAJOZ
Con fecha 18 de noviembre de 2024, por parte del Sr. Diputado Delegado de Cultura, Deportes y Juventud de la Diputación
de Badajoz, por delegación del Sr. Presidente, se ha dictado resolución cuyo tenor literal es el siguiente:
Decreto. En Badajoz, a fecha de la firma electrónica.
De conformidad con lo dispuesto en la base décima de la convocatoria que regula la subvención en especie para la dotación
de fondos bibliográficos y audiovisuales a entidades locales de la provincia de Badajoz (BOP número 115, de 17 de junio de
2024) y vista la propuesta de resolución formulada por el Jefe del Servicio Provincial de Bibliotecas del Área de Cultura,
Deportes y Juventud de la Diputación de Badajoz, así como el resto de la documentación obrante en el expediente.
Considerando las competencias que al efecto me confiere la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de
julio, la Ordenanza general de subvenciones y el plan estratégico de subvenciones para 2024, el Decreto del Presidente de la
Corporación sobre reordenación de áreas funcionales y delegaciones de la Corporación Provincial, de fecha 10 de abril de
2024, publicado en el BOP el 11 de abril de 2024, así como la convocatoria de referencia.
HE RESUELTO:
Primero.- Declarar beneficiarias a las entidades locales indicadas en el anexo I, así como conceder la cuantía
establecida en el mismo.
Segundo.- Excluir las solicitudes que se mencionan en el anexo II, por incumplir lo estipulado en el punto c) de
la base cuarta (requisitos de los beneficiarios) de las que rigen la convocatoria.
Tercero.- Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cuarto.- Abrir un plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente en que aparezca publicada la
presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, para la elaboración de la desiderata que
se desea incorporar al fondo bibliotecario por la cuantía indicada en el anexo I, que deberá confeccionarse de
acuerdo con las instrucciones que se establezcan, mediante la correspondiente comunicación, por parte del
Servicio Provincial de Bibliotecas.
Quinto.- La Excma. Diputación de Badajoz, a través de los medios oportunos, remitirá el material solicitado y
realizará una comprobación de su uso mediante los mecanismos de inspección y control que crea
convenientes.
Sexto.- El incumplimiento por parte de la entidad local beneficiaria del destino o finalidad para el que fue
otorgada la dotación dará lugar, previa audiencia al interesado, a la revocación de la misma, quedando
facultada la Diputación para el ejercicio de las actividades de comprobación y fiscalización previstas en la
Ordenanza general de subvenciones aprobada en sesión del día 30 de noviembre de 2006.
Similares consecuencias acarreará la obstaculización a la labor inspectora de la Administración.
Séptimo.- Comunicar la presente resolución al Pleno de la Corporación, en la próxima sesión ordinaria que se
celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Administraciones Locales, a efectos de conocimiento.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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