Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barcarrota. Área de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio Provincial de Bibliotecas (Badajoz). (05739/2024)
Bases de la convocatoria del proceso de estabilización para cubrir una plaza de Auxiliar de Protección Civil
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Barcarrota

Anuncio 5739/2024

B.- Formación específica: Máximo 2 puntos.
- Curso de entre 10 a 30 horas: 0.70 puntos.
- Curso de 31 a 50 horas: 0.90 puntos.
- Curso de 51 a 100 horas: 1.90 puntos.
- Curso de 101 a 200 horas: 2 puntos.
Los cursos se acreditarán mediante copia auténtica del diploma o certificado de aprovechamiento o
asistencia, debiendo constar expresamente la duración de los mismos. Los cursos en los que no se acredite el
número de horas, y/o de créditos no se valorarán. Asimismo, para los cursos que acrediten solo número de
créditos se tendrá en cuenta que cada crédito equivale a 10 horas.
No obstante, el Tribunal podrá requerir en cualquier momento del procedimiento la aportación de la documentación
original que considere necesaria, sin que ello suponga en ningún caso efectos subsanatorios. La no aportación de los
documentos originales justificativos a requerimiento del Tribunal conllevará la pérdida de la puntuación que pudiera
corresponder para la fase de concurso.
El concurso de méritos alegados no podrá superar en ningún caso la puntuación máxima de 10 puntos.
En el caso que se produjese empates, estos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1.º Mayor puntuación en los apartados de méritos por el orden que éstos aparecen.
2.º Mayor puntuación en los subapartados de méritos, por el orden en que éstos aparecen.
3.º En caso de persistir el empate, se resolverá por sorteo.
Décima.- Relación de aprobados, presentación de documentación y formalización del contrato.
Terminada la calificación y transcurrido el periodo de tres días, sin que hayan presentado alegaciones por los aspirantes o,
resueltas las mismas, el Tribunal Calificador publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Barcarrota, y a efectos
meramente informativos en la Web de la Corporación, el nombre de los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación
en función de la suma de puntuaciones obtenidas, que se elevará al Sr. Alcalde-Presidente para que proceda al objeto de
formalizar la contratación y ocupar su plaza en el plazo máximo de un mes a contar del siguiente al que le sea notificado
haber superado el proceso selectivo.
Los aspirantes propuestos, presentarán en el Ayuntamiento, en el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente
a la publicación de la lista de seleccionados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de que
poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria en la base tercera. Y en concreto:
a) Fotocopia del DNI junto al original para su compulsa.
b) Fotocopia del título académico exigido o certificación académica que acredita haber finalizado todos los
estudios, junto con el original para su compulsa.
c) Declaración responsable de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público,
incluida la Seguridad Social el día de la firma del contrato, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las administraciones públicas, y en especial su
artículo 10 y en todas las que se dicten en su desarrollo.
d) Declaración responsable de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se
va a desempeñar en este Ayuntamiento y, en especial respecto a las actividades previstas en los artículos 11 y
12 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las
administraciones públicas, y/o solicitud de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se
desarrollen al margen de este Ayuntamiento.
e) Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el
ejercicio propio de las funciones a la plaza que opta.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 9