Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena. (05652/2024)
Lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos de la convocatoria para la estabilización del empleo temporal de tres plazas de Guarda Rural
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Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena
Anuncio 5652/2024
Segundo.- Designar a los siguientes miembros del Tribunal Calificador:
- Presidente: Doña María Montiel Balaguer Durá.
Suplente: Don Fernando P. Balas Pedrero.
- Vocal: Don Javier Benítez González.
Suplente: Don Manuel Larios Torrado.
- Vocal: Don Manuel del Barco Cantero.
Suplente: Doña Silvia Soult Guerrero.
-Vocal: Don Manuel Calero García.
Suplente: Don Eduardo Rafael Rivero Cabezas.
- Secretario: Doña María Guerrero Guerrero.
Suplente: Don Luis Fernando Garzón Díaz.
Tercero.- Notifíquese a los miembros del Tribunal de Selección la presente resolución, poniendo en su
conocimiento que la fecha de constitución del mismo queda fijada para el próximo 28 de noviembre de 2024,
a las 9:00 horas, en el salón de reuniones de la Mancomunidad (Calle Santiago, número 59. C.I.D. Campiña Sur
de la ciudad de Llerena) a efectos de proceder a la baremación de los méritos.
Cuarto.- Publíquese la presente resolución para general conocimiento en el BOP de Badajoz y en la sede
electrónica de la Mancomunidad."
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Contra referida resolución, la cual pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso potestativo
de reposición ante la Presidencia de esta Mancomunidad, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio en el BOP de Badajoz, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponerse directamente
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz en el plazo de dos meses, a
contar desde la misma fecha indicada anteriormente, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio.
En Llerena, a fecha de la firma digital.- La Presidenta, Ana Torres Márquez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Segundo.- Designar a los siguientes miembros del Tribunal Calificador:
- Presidente: Doña María Montiel Balaguer Durá.
Suplente: Don Fernando P. Balas Pedrero.
- Vocal: Don Javier Benítez González.
Suplente: Don Manuel Larios Torrado.
- Vocal: Don Manuel del Barco Cantero.
Suplente: Doña Silvia Soult Guerrero.
-Vocal: Don Manuel Calero García.
Suplente: Don Eduardo Rafael Rivero Cabezas.
- Secretario: Doña María Guerrero Guerrero.
Suplente: Don Luis Fernando Garzón Díaz.
Tercero.- Notifíquese a los miembros del Tribunal de Selección la presente resolución, poniendo en su
conocimiento que la fecha de constitución del mismo queda fijada para el próximo 28 de noviembre de 2024,
a las 9:00 horas, en el salón de reuniones de la Mancomunidad (Calle Santiago, número 59. C.I.D. Campiña Sur
de la ciudad de Llerena) a efectos de proceder a la baremación de los méritos.
Cuarto.- Publíquese la presente resolución para general conocimiento en el BOP de Badajoz y en la sede
electrónica de la Mancomunidad."
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Contra referida resolución, la cual pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso potestativo
de reposición ante la Presidencia de esta Mancomunidad, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio en el BOP de Badajoz, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponerse directamente
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz en el plazo de dos meses, a
contar desde la misma fecha indicada anteriormente, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio.
En Llerena, a fecha de la firma digital.- La Presidenta, Ana Torres Márquez.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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