Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Coronada. (05614/2024)
Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria número 25/2024 en la modalidad de crédito extraordinario
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Ayuntamiento de La Coronada

Anuncio 5614/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Coronada
La Coronada (Badajoz)
Anuncio 5614/2024
Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria número 25/2024 en la modalidad de crédito
extraordinario

Aprobado definitivamente el expediente de modificación presupuestaria número 25/2024 crédito extraordinario financiado
con cargo al remanente líquido de tesorería, aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento en su sesión de fecha 21 de
octubre de 2024, se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Aplicación de gastos:

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Crédito extraordinario Créditos finales

Progr. Económica
1522

76100

Convenio Diputación obra
reforma Casa Cultura

0,00

Total:

90.918,00 €

90.918,00 €

90.918,00 €

Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Aplicación de ingresos:

Aplicación: Económica

Descripción

Cap.

Art.

Conc.

8

7

0

Remanente líquido de tesorería
Total ingresos:

Euros
90.918,00 €
90.918,00 €

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,
reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios
posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que
deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En La Coronada, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Cristian Maldonado Muñoz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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