Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de la Serena. (05581/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Higuera de la Serena

Anuncio 5581/2024

7. Este Ayuntamiento o el organismo gestor del impuesto por delegación, al finalizar el período voluntario, comunicará
informáticamente al Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico el impago de la deuda correspondiente al
período impositivo del año en curso. La inexistencia de anotaciones por impago en el Registro de Vehículos implicará, a los
únicos efectos de realización del trámite, la acreditación anteriormente señalada.
Artículo 9. Revisión de los actos administrativos.
Los actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección del impuesto serán revisables conforme al procedimiento
aplicable a la entidad que los dicte. En particular, cuando dichos actos sean dictados por una entidad local, los mismos se
revisarán conforme a lo preceptuado en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Artículo 10. Infracciones y sanciones tributarias.
En todo lo relativo a infracciones tributarias y sus distintas calificaciones, así como a las sanciones que a las mismas
correspondan en cada caso, se aplicará lo dispuesto en la Ley General Tributaria y en la Ordenanza fiscal general de gestión,
liquidación, inspección y recaudación de los ingresos de derecho público de la Diputación Provincial de Badajoz.
Disposición adicional única. Modificaciones del Impuesto.
Las modificaciones que se introduzcan en la regulación del Impuesto, por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado o
por cualesquiera otras leyes o disposiciones, y que resulten de aplicación directa, producirán, en su caso, la correspondiente
modificación tácita de la presente Ordenanza fiscal.
Disposición final única. Aprobación, entrada en vigor y modificación de la Ordenanza fiscal.
La presente Ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el 30 de septiembre de
2024, comenzará a regir con efectos desde el 1 de enero de 2024, y continuará vigente en tanto no se acuerde su
modificación o derogación. En caso de modificación parcial de esta Ordenanza fiscal, los artículos no modificados
continuarán vigentes.
Higuera de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Gregorio García Morales.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 7