Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremejía. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05549/2024)
Notificación de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Torremejía
Anuncio 5549/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Torremejía
Torremejía (Badajoz)
Anuncio 5549/2024
Notificación de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes
NOTIFICACIÓN DE BAJA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES
Intentada la notificación a don Fernando Caballero Burguillos, con DNI ***5932** relativa a incoación de expediente de baja
de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Torremejía, en el domicilio sito en plaza de
España, número 5 de este municipio, sin que se haya podido practicar y desconociendo el lugar de su residencia habitual, de
conformidad con lo establecido artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, se procede a publicar el presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz a fin de notificar al interesado en el procedimiento y concederle un plazo de quince
días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación del presente, para que manifieste su conformidad o
disconformidad contra el presente expediente, pudiendo en este último caso, alegar y presentar documentos y
justificaciones que estime pertinentes ante el Ayuntamiento de Torremejía.
En el caso de que manifieste su disconformidad con la baja o no efectúe alegaciones algunas, una vez trascurrido el plazo
señalado, el Ayuntamiento de Torremejía, podrá proceder a la baja por inscripción indebida en el Padrón de Habitantes,
previo informe favorable del Consejo de Empadronamiento.
Así mismo también, se produciría, si procede, dicha baja en el censo electoral de este municipio.
Contra la resolución que se dicte será definitiva en vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición ante esta
Alcaldía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente en que reciba esta comunicación, o bien, recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses, contado
desde el siguiente en que reciba este escrito; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que estime
favorable a sus intereses.
Torremejía, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Francisco Trinidad Peñato.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Intentada la notificación a don Fernando Caballero Burguillos, con DNI ***5932** relativa a incoación de expediente de baja
de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Torremejía, en el domicilio sito en plaza de
España, número 5 de este municipio, sin que se haya podido practicar y desconociendo el lugar de su residencia habitual, de
conformidad con lo establecido artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, se procede a publicar el presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz a fin de notificar al interesado en el procedimiento y concederle un plazo de quince
días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación del presente, para que manifieste su conformidad o
disconformidad contra el presente expediente, pudiendo en este último caso, alegar y presentar documentos y
justificaciones que estime pertinentes ante el Ayuntamiento de Torremejía.
En el caso de que manifieste su disconformidad con la baja o no efectúe alegaciones algunas, una vez trascurrido el plazo
señalado, el Ayuntamiento de Torremejía, podrá proceder a la baja por inscripción indebida en el Padrón de Habitantes,
previo informe favorable del Consejo de Empadronamiento.
Así mismo también, se produciría, si procede, dicha baja en el censo electoral de este municipio.
Contra la resolución que se dicte será definitiva en vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición ante esta
Alcaldía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente en que reciba esta comunicación, o bien, recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses, contado
desde el siguiente en que reciba este escrito; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que estime
favorable a sus intereses.
Torremejía, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Francisco Trinidad Peñato.
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