Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (05535/2024)
Aprobación inicial de la modificación de la plantilla orgánica y la relación de puestos de trabajo de la Diputación de Badajoz y organismos autónomos
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Secretaría General
Badajoz
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Aprobación inicial de la modificación de la plantilla orgánica y la relación de puestos de trabajo de la Diputación de
Badajoz y organismos autónomos

MODIFICACIÓN DE PLAZAS Y PUESTOS DE LA PLANTILLA ORGÁNICA Y LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA
DIPUTACIÓN DE BADAJOZ, Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS
El Pleno de la Corporación Provincial, en sesión extraordinaria celebrada el día 12 de noviembre de 2024, acordó aprobar
inicialmente la modificación de la plantilla orgánica y la relación de puestos de trabajo de la Diputación de Badajoz y de sus
organismos autónomos, en el sentido indicado en el expediente de su razón.
De conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, en relación con el artículo 126 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y artículo 169 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
se expone al público el acuerdo de aprobación inicial, por plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente a la fecha de
inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales podrán los interesados, examinar el
expediente en el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de esta Entidad, y presentar las reclamaciones que se
estimen convenientes, ante el Pleno de la Corporación.
Igualmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7, e) de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, durante el plazo de exposición del acuerdo de aprobación provisional de
la modificación puntual de la Ordenanza, deberá darse cumplimiento a las obligaciones de publicidad activa en el Portal de
Transparencia y Participación Institucional.
El acuerdo inicial, se considerará definitivamente aprobado, si durante el plazo citado, no se hubiesen presentado
reclamaciones, en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Enrique Pedrero Balas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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