Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05237/2024)
Bases con convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cuenten con escuelas municipales de música durante 2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud

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del mismo en la proporción que la subvención suponga sobre el coste total del
proyecto.
Ausencia de algún anexo o documento no relativo a la justificación económica, no
utilización de modelos normalizados, no presentación de los indicadores de resultado y
actividad solicitados en la base 12, o ausencia de alguna firma preceptiva: Reintegro
parcial del 5% del importe concedido.
Ausencia de relación certificada de obligaciones y pagos: Reintegro total.
No reintegro del sobrante por remanentes no aplicados: Reintegro del importe.
Importe justificado insuficiente: Reintegro de lo no justificado.
No acreditación de pago: Reintegro de lo no acreditado.
Respecto del cumplimiento de otras obligaciones:
• Realización de otra actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de
actividad: Reintegro total.
• Realización parcial de la actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de
actividad: Reintegro parcial y proporcional a la subvención concedida por las actividades no
realizadas, en su caso, motivado por el centro gestor.
• No cumplir con las obligaciones de publicidad y difusión de la colaboración u omisión de la
imagen corporativa, documentación gráfica o análoga: Reintegro del 5% del importe concedido.
• Pago fuera de plazo: Si el pago se realizó con una demora superior a 30 días desde el
vencimiento del plazo máximo para realizar el mismo: reintegro del 5% del importe pagado
fuera de plazo.

El incumplimiento del resto de obligaciones establecidas en estas bases conllevará el reintegro del 5% del importe de la
subvención concedida.
No obstante lo anterior, el artículo 90 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
posibilita al beneficiario a devolver, con carácter voluntario y sin el previo requerimiento de la Diputación, la ayuda
concedida y cobrada, ya sea el importe total de la subvención o una parte de ésta, de acuerdo con la situación de su
expediente.
Para ello, deberá acreditar la devolución presentando el recibo de la transferencia correspondiente, efectuada a favor de la
cuenta de la Diputación: ES03 3009 0001 2025 4550 4629 (Caja Rural de Extremadura).
Esta opción voluntaria eximiría de la apertura del expediente de reintegro, posibilitando la concurrencia y recepción de otras
subvenciones y ayudas a conceder por la Diputación. Y todo ello con la exigencia de los intereses de demora que
correspondan, para lo que se aplicará el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de
Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente.
Base 14.- Protección de datos.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales y Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.

Información sobre protección de datos
Responsable: Diputación
Provincial de
Badajoz

Calle Obispo San Juan de Rivera, 6
06071 Badajoz
924 212 400
Delegado de Protección de Datos
J. Enrique Vión Pérez
924 212 237 dpd@dip-badajoz.es

Finalidad del tratamiento:

Procedimiento de concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz
destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia de
badajoz que cuenten con escuelas municipales de música durante el año 2025.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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