Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Haba. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05458/2024)
Delegación de funciones
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Ayuntamiento de La Haba

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Haba
La Haba (Badajoz)
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Delegación de funciones

Por la Alcaldía del Ayuntamiento de La Haba se ha dictado el siguiente decreto con fecha 27 de septiembre de 2024:
"Razones de agilidad y eficacia hacen conveniente la delegación del ejercicio de competencias en aras de un mejor gobierno
municipal, a fin de aumentar la eficiencia en la prestación de los servicios públicos.
Por consiguiente y en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local y de conformidad con los artículos 43 al 46 y 115 al 118 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre,
HE RESUELTO:
Primero.- Delegar de forma genérica en el Tercer Teniente de Alcalde don Manuel José Guisado Quintana las
atribuciones de la Alcaldía que seguidamente se relacionan:
Deportes, Juventud e Infancia.
Cultura, Ocio y Festejos.
Educación, Nuevas Tecnologías e Información.
Centro de Emprendedores.
Universidad Popular.
Asociaciones.
Segundo.- Establecer que el alcance de las delegaciones se circunscribe a: Dirigir, inspeccionar e impulsar los
servicios municipales dedicados a esas materias así como iniciación, ordenación e instrucción y resolución de
los correspondientes expedientes de las mismas.
Tercero.- El Concejal delegado deberá dar cuenta, a posteriori, al Alcalde de todas las actuaciones y gestiones
que realice o adopte y previamente de las decisiones de trascendencia en los términos previstos en el artículo
115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Igualmente queda obligado a dar cuenta con una periodicidad mensual a la Junta de Gobierno municipal de
las resoluciones que adopte en el ejercicio de sus competencias delegadas.
Cuarto.- Notificar el presente decreto al Concejal interesado y dar cuenta al Pleno de la Corporación en la
primera sesión que celebre."
La Haba, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, José González Casado.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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