Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (05416/2024)
Convocatoria de la Diputación de Badajoz del Fondo Financiero Extraordinario de Anticipos Reintegrables a entidades locales de la provincia de Badajoz
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria

Anuncio 5416/2024

provincia de Badajoz, convocatoria publicada en el BOP número _____________ de fecha __________, en ejercicio de las
funciones conferidas por la normativa vigente, certifico el cumplimiento de los siguientes requisitos exigidos por las bases
precitadas:
a) Resolución o acuerdo de fecha __________, emitido por órgano competente de acogerse a la convocatoria
que regulan las presentes bases, y aprobación del FEAR solicitado, línea XX (definición), por el importe de
__________ euros y con el orden de prelación indicado en la solicitud anexa (caso de solicitar más de una línea),
la autorización al OAR y en su caso a diputación, para realizar los descuentos o retenciones de amortización
del anticipo reintegrable, el carácter preferente de estas retenciones, y el número de plazos (mensuales o
trimestrales, según proceda) en el que reintegrará el citado anticipo, que, en ningún caso, podrá exceder de
12 meses desde el pago.

En _______________ a ____ de ___________________ de 2024

V.º B.º
El/la Alcalde/sa

Fdo.: ___________________

Fdo.: ______________________

Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz.
D/D.ª _________________________, en calidad de Interventor/a del Ayuntamiento de ____________________ en relación con la
solicitud de anticipo reintegrable con cargo al Fondo Financiero de la Diputación de Badajoz para las entidades locales de la
provincia de Badajoz, convocatoria publicada en el BOP número _____________ de fecha __________, en ejercicio de las
funciones conferidas por la normativa vigente, certifico el cumplimiento de los siguientes requisitos exigidos por las bases
precitadas:
a) El total de las operaciones de tesorería vigentes, incluyendo la solicitada, no supera el 30% de los recursos
corrientes liquidados en el ejercicio 2023.
b) Presupuesto definitivo 2024 publicado en BOP número _____________ de fecha __________.
c) En defecto de publicación del presupuesto definitivo de 2024, certificación de su aprobación.
d) En caso de prórroga presupuestaria, y conforme al artículo 50,a) del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, la cancelación de operaciones anteriores.
e) En caso de prórroga presupuestaria, y conforme al artículo 50.a) del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, el compromiso de cancelación de operaciones de tesorería preexistentes, en las
condiciones previstas en estas bases.

En _______________ a ____ de ___________________ de 2024

V.º B.º
El/la Alcalde/sa

Fdo.: ___________________

Fdo.: ______________________

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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