Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (05416/2024)
Convocatoria de la Diputación de Badajoz del Fondo Financiero Extraordinario de Anticipos Reintegrables a entidades locales de la provincia de Badajoz
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria

Anuncio 5416/2024

Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz.
D/D.ª _________________________, en calidad de Interventor/a del Ayuntamiento de ____________________ en relación con la
solicitud de anticipo reintegrable con cargo al Fondo Financiero de la Diputación de Badajoz para las entidades locales de la
provincia de Badajoz, convocatoria publicada en el BOP número _____________ de fecha __________, en ejercicio de las
funciones conferidas por la normativa vigente, certifico el cumplimiento de los siguientes requisitos exigidos por las bases
precitadas:
a) Que la operación a sustituir genera un ahorro financiero y se cumplen las condiciones establecidas en la
resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define
el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades, conforme asimismo a lo establecido en las bases de esta convocatoria.
b) Que el volumen total del capital vivo resultante de la liquidación 2023, incluido el préstamo que se solicita,
no excede del 75% de los ingresos corrientes liquidados o devengados según las cifras deducidas de los
estados contables consolidados, con sujeción al Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales y a la normativa de estabilidad presupuestaria, y en caso contrario, que se ha obtenido o solicitado
autorización del MINHAFP con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En _______________ a ____ de ___________________ de 2024

V.º B.º
El/la Alcalde/sa

Fdo.: ___________________

Fdo.: ______________________

Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz.
III.2. Modelo de certificados línea 3.
Línea 3. Anticipos reintegrables para la refinanciación de operaciones de crédito a largo plazo realizadas por la entidad local
con el objeto de sustituir total o parcialmente operaciones de crédito preexistentes.
B) Si la entidad cuenta con Secretario-Interventor:
D/D.ª _________________________, en calidad de Secretario-Interventor/a del Ayuntamiento de ____________________ en relación
con la solicitud de anticipo reintegrable con cargo al Fondo Financiero de la Diputación de Badajoz para las entidades locales
de la provincial de Badajoz, convocatoria publicada en el BOP número _____________ de fecha __________, en ejercicio de las
funciones conferidas por la normativa vigente, certifico el cumplimiento de los siguientes requisitos exigidos por las bases
precitadas:
a) Resolución o acuerdo de fecha __________, emitido por órgano competente de acogerse a la convocatoria
que regulan las presentes bases, y aprobación del FEAR solicitado, línea XX (definición), por el importe de
__________ euros y con el orden de prelación indicado en la solicitud anexa (caso de solicitar más de una línea),
la autorización al OAR y en su caso a diputación, para realizar los descuentos o retenciones de amortización
del anticipo reintegrable, el carácter preferente de estas retenciones, y el número de plazos (mensuales o
trimestrales, según proceda) en el que reintegrará el citado anticipo, que, en ningún caso, podrá exceder del
periodo pendiente de amortización de la operación a sustituir o del plazo equivalente a la vida media de las
operaciones si fueran varias, ni en todo caso, de 10 años a contar desde el pago del anticipo.
b) Que la operación a sustituir genera un ahorro financiero y se cumplen las condiciones establecidas en la
resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define
el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
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