Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdetorres. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (05379/2024)
Bases del proceso de estabilización para cubrir tres plazas de Limpiador/a
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Ayuntamiento de Valdetorres

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PLAZA DE RÉGIMEN LABORAL

Denominación plaza

(Sub) grupo

Número plazas

Jornada

Limpiador/a Ayuntamiento

Agrupación Profesional

2

80%

Limpiador/a Ayuntamiento

Agrupación Profesional

1

67%

1.2. La convocatoria y las bases se publicarán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, en su sede
electrónica y en el Boletín Oficial de la Provincia, y un anuncio en extracto en el Boletín Oficial del Estado, con
indicación del número y fecha del BOP en el que fueron publicadas.
Los sucesivos anuncios se publicarán en el tablón de anuncios electrónico de este Ayuntamiento y en su sede
electrónica.
1.3. Las bases de la presente convocatoria y sus anexos constituirán la norma rectora del procedimiento
selectivo, con fuerza de obligar al Ayuntamiento, al Tribunal Calificador y a los aspirantes, sin perjuicio de la
posibilidad de revisión de oficio o en vía de recurso.
Segunda. Requisitos que deben reunir los aspirantes.
Para poder tomar parte en este proceso de selección, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que concluya el plazo de
presentación de instancias, los siguientes requisitos (artículo 56 TREBEP):
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, sin perjuicio de
lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura (artículos
57.4 TREBEP y 90.4 LFPE).
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por ley se establezca otra
edad máxima para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas;
no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o
categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96.1.b) del TREBEP. En el caso de ser nacional de otro Estado,
no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismo términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente, o en condiciones de obtenerlo al término del
plazo de presentación de instancias, con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, la equivalencia u
homologación de titulaciones deberá ser aportada por el aspirante, mediante certificación expedida al efecto,
por el organismo oficial competente.
f) No ostentar la condición de personal laboral fijo o funcionario/a de carrera de la categoría objeto de la
convocatoria.
g) Carecer de antecedentes por delitos de naturaleza sexual, para poder acceder a ejercer profesiones, oficios
o actividades que impliquen contacto habitual con menores.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo, y durante el periodo de adquisición de la condición de
empleado/a público/a.
Tercera. Instancias y admisión de los aspirantes.
3.1. Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo (Anexo I), deberán estar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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