Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagonzalo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (05352/2024)
Bases para la concesión de ayudas económicas para el fomento de la natalidad correspondiente al ejercicio 2024
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Ayuntamiento de Villagonzalo
Anuncio 5352/2024
Base 9.ª.- Compatibilidad de la ayuda.
Las presentes ayudas serán compatibles con cualesquiera otras que para la misma finalidad pudieran ser concedidas por
otras Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas.
Base 10.ª.- Responsabilidades.
La falsedad en los datos y documentación aportada dará lugar a la desestimación de la solicitud de ayuda efectuada o, caso
de haberla percibido, a la devolución de la misma con los intereses legales correspondientes, independientemente de las
responsabilidades administrativas, civiles o penales que se pudiesen exigir.
El reintegro de la ayuda, cuando proceda, se exigirá por la vía administrativa de apremio.
Disposición adicional primera.- Convocatoria de la concesión de ayudas económicas para el fomento de la natalidad en el
municipio de Villagonzalo del ejercicio 2024.
- Objeto de la ayuda: Nacimiento o adopción de hijo menor de doce años, acontecido entre el día 1 de enero y
el día 31 de diciembre de 2023, ambos inclusive.
- Importe de la ayuda por hijo: 400,00 euros/hijo.
- Plazo de solicitud: Quince (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de las bases de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
- Crédito presupuestario: Aplicación 231/480.02 del estado de gastos del presupuesto general del
Ayuntamiento de Villagonzalo para el año 2024 con un límite de 5.600,00 euros.
- Normativa aplicable: Bases específicas con convocatoria reguladoras de la concesión de ayudas económicas
para el fomento de la natalidad en el municipio de Villagonzalo correspondientes al ejercicio 2024, aprobadas
por el Pleno del Ayuntamiento de Villagonzalo en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2024.
________________
ANEXO I: SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD EN EL MUNICIPIO DE VILLAGONZALO
(BADAJOZ), EJERCICIO 2024
Datos del solicitante: Madre, padre o adoptante
Nombre y apellidos:
DNI:
Teléfono de contacto:
Domicilio:
Población:
Provincia:
Código postal:
Correo electrónico:
Datos del otro progenitor o adoptante
Nombre y apellidos:
DNI:
Teléfono de contacto:
Domicilio:
Población:
Provincia:
Código postal:
Correo electrónico:
Identificación del menor objeto de ayuda
Nombre y apellidos
Cuenta bancaria para
abono de la ayuda
IBAN
Fecha nacimiento/adopción
Entidad
Oficina
DC
Cuenta
ES
Consigne los datos completos de la cuenta bancaria de la que Vd, sea titular y en la que desee recibir el importe del
pago de la ayuda para el fomento de la natalidad que le sea concedida, quedando el Ayuntamiento de Villagonzalo
exonerado de cualquier responsabilidad derivada de errores u omisiones en los mismos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Base 9.ª.- Compatibilidad de la ayuda.
Las presentes ayudas serán compatibles con cualesquiera otras que para la misma finalidad pudieran ser concedidas por
otras Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas.
Base 10.ª.- Responsabilidades.
La falsedad en los datos y documentación aportada dará lugar a la desestimación de la solicitud de ayuda efectuada o, caso
de haberla percibido, a la devolución de la misma con los intereses legales correspondientes, independientemente de las
responsabilidades administrativas, civiles o penales que se pudiesen exigir.
El reintegro de la ayuda, cuando proceda, se exigirá por la vía administrativa de apremio.
Disposición adicional primera.- Convocatoria de la concesión de ayudas económicas para el fomento de la natalidad en el
municipio de Villagonzalo del ejercicio 2024.
- Objeto de la ayuda: Nacimiento o adopción de hijo menor de doce años, acontecido entre el día 1 de enero y
el día 31 de diciembre de 2023, ambos inclusive.
- Importe de la ayuda por hijo: 400,00 euros/hijo.
- Plazo de solicitud: Quince (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de las bases de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
- Crédito presupuestario: Aplicación 231/480.02 del estado de gastos del presupuesto general del
Ayuntamiento de Villagonzalo para el año 2024 con un límite de 5.600,00 euros.
- Normativa aplicable: Bases específicas con convocatoria reguladoras de la concesión de ayudas económicas
para el fomento de la natalidad en el municipio de Villagonzalo correspondientes al ejercicio 2024, aprobadas
por el Pleno del Ayuntamiento de Villagonzalo en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2024.
________________
ANEXO I: SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD EN EL MUNICIPIO DE VILLAGONZALO
(BADAJOZ), EJERCICIO 2024
Datos del solicitante: Madre, padre o adoptante
Nombre y apellidos:
DNI:
Teléfono de contacto:
Domicilio:
Población:
Provincia:
Código postal:
Correo electrónico:
Datos del otro progenitor o adoptante
Nombre y apellidos:
DNI:
Teléfono de contacto:
Domicilio:
Población:
Provincia:
Código postal:
Correo electrónico:
Identificación del menor objeto de ayuda
Nombre y apellidos
Cuenta bancaria para
abono de la ayuda
IBAN
Fecha nacimiento/adopción
Entidad
Oficina
DC
Cuenta
ES
Consigne los datos completos de la cuenta bancaria de la que Vd, sea titular y en la que desee recibir el importe del
pago de la ayuda para el fomento de la natalidad que le sea concedida, quedando el Ayuntamiento de Villagonzalo
exonerado de cualquier responsabilidad derivada de errores u omisiones en los mismos.
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