Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (05373/2024)
Aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal de la tasa por tendidos, tuberías y galerías para conducciones de energía eléctrica, agua, gas o cualquier otro fluido incluido los postes para líneas, cables y palomillas, etc
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Ayuntamiento de Alconchel

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alconchel
Alconchel (Badajoz)
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Aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal de la tasa por tendidos, tuberías y galerías para
conducciones de energía eléctrica, agua, gas o cualquier otro fluido incluido los postes para líneas, cables y palomillas,
etc

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria, celebrada el pasado 4 de noviembre de 2024 acordó, por unanimidad de
los miembros presentes, la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza que aprobó la tasa por tendidos,
tuberías y galerías para conducciones de energía eléctrica, agua, gas, o cualquier otro fluido incluido los postes para líneas,
cables y palomillas, cajas de amarre, de distribución o de registro, transformadores, rieles, básculas, aparatos para ventana
automática y otros análogos que se establezcan sobre vías públicas u otros terrenos de dominio públicolocal o vuelensobre
los mismosde Alconchel, BOP de Badajoz de 30 de diciembre de 1998; modificada asimismo por acuerdo de Pleno con fecha
de 26 de octubre de 2023, publicada definitivamente en el BOP de Badajoz con fecha de 16 de enero de 2024, Boletín
número 11.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo
de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz,
para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://alconchel.sedelectronica.es].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho
acuerdo.
En Alconchel, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Óscar Díaz Hernández.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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