Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05262/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir una plaza de Delineante como personal funcionario, turno libre, por sistema de concurso-oposición
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Ayuntamiento de Don Benito

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Benito
Don Benito (Badajoz)
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Bases de la convocatoria para cubrir una plaza de Delineante como personal funcionario, turno libre, por sistema de
concurso-oposición

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE DELINEANTE, PERSONAL FUNCIONARIO, TURNO
LIBRE, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, PARA LA SECCIÓN DE CATASTRO DEL AYUNTAMIENTO DE DON BENITO
Doña María Fernanda Sánchez Rodríguez, Alcaldesa-Presidenta del Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito, en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local,
convoca pruebas selectivas para cubrir, una plaza de Delineante, vacante en la plantilla de personal de este Ayuntamiento,
correspondiente a la OEP de 2022, del turno: Libre, mediante sistema de concurso-oposición, con arreglo a las siguientes:
BASES:
1.ª.- Normas generales.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir, en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición, en el turno libre,
una plaza vacante de Delineante, para la Sección de Catastro del Ayuntamiento de Don Benito, incluida en la oferta de
empleo público para el año 2022, con código RPT INDE01, personal funcionario perteneciente al grupo C, subgrupo C1,
escala Administración Especial, subescala Técnica, clase Técnico Auxiliar, dotada con los emolumentos correspondientes a
dicho grupo, nivel y complemento específico consignados presupuestariamente y demás retribuciones que correspondan al
puesto.
1.2.- En lo no previsto en estas bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, del Texto Refundido de las Disposiciones
Vigentes en Materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación
supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio del Estado,
y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley
40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, contemplado en el artículo 61.6 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, por considerarlo el más adecuado dada la naturaleza de la plaza y las funciones a desempeñar.
1.4.- La valoración de la fase de concurso se realizará una vez finalizada la fase de oposición.
2.ª.- Requisitos de los aspirantes.
2.1.- Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo correspondiente, los aspirantes deberán poseer los siguientes
requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, para el acceso al
empleo público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de los títulos de Técnico Superior en Proyectos de Edificación, Técnico Superior en
Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción o Delineantes de Edificios y Urbanismo o equivalentes o
en condiciones de obtenerlos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. En el caso de
aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el Consejo
Nacional de Educación, o cualquier otro competente en la materia, que acredite la citada equivalencia. En el
caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su
homologación, o convalidación en su caso.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto al que se aspira.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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