Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acedera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05247/2024)
Reglamento de régimen interno del programa colaborativo ateneo "Los Guadalperales y Acedera construyen"
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Ayuntamiento de Acedera
Anuncio 5247/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Acedera
Acedera (Badajoz)
Anuncio 5247/2024
Reglamento de régimen interno del programa colaborativo ateneo "Los Guadalperales y Acedera construyen"
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
PCR ATENEO: "LOS GUADALPERALES Y ACEDERA CONSTRUYEN"
El presente Reglamento pretende servir de norma que articule, dentro de la legalidad vigente, aquellos aspectos propios del
desarrollo y desempeño cotidiano del proyecto de empleo y formación, todo ello sin perjuicio de lo establecido en la
normativa específica que regule el programa/proyecto concreto, el estatuto de los trabajadores, el convenio colectivo y
demás legislación que resulte de aplicación.
TÍTULO PRIMERO: ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ORGANIZACIÓN
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.
Las normas del presente Reglamento son de orden interno y serán de aplicación a los/as alumnos/as-trabajadores/as del
proyecto Programa Colaborativo Rural "Los Guadalperales y Acedera construyen" cuya entidad promotora es el Excmo.
Ayuntamiento de los Guadalperales en su condición de entidad promotora y contratante.
Artículo 2.- Organización general.
- Nivel institucional: La máxima responsabilidad institucional del programa corresponderá al Excmo.
Ayuntamiento de Los Guadalperales, cargo que compartirá con el Servicio de Extremeño Público de Empleo,
en los términos que marca la legislación y la normativa publicada al efecto.
- Nivel interno: La organización interna del programa se asentará en su equipo directivo-docente, entendido
este como órgano de trabajo colectivo. Se completará este órgano con la existencia de un delegado/a de
alumnos/as.
TÍTULO SEGUNDO: CONDICIONES LABORALES
Artículo 3.- Condiciones laborales.
Define la condición del alumnado-trabajador del proyecto el mantener con el Excmo. Ayuntamiento de los Guadalperales, en
calidad de entidad promotora, una relación regulada formalmente por un contrato de formación y aprendizaje, por lo que
son considerados trabajadores, sin perder en ningún caso la condición de alumno.
La duración del contrato será de seis meses.
Durante la vigencia del contrato de formación y aprendizaje, el alumnado-trabajador tendrá derecho a la percepción del 75%
del Salario Mínimo Interprofesional vigente, más una paga extra.
TÍTULO TERCERO: DERECHOS, DEBERES Y NORMAS DE COMPORTAMIENTO
Artículo 4.- Derechos.
Los/as alumnos/as-trabajadores/as tienen derecho a:
a) Recibir una formación teórica y práctica que le capacite en el conocimiento de un oficio para su futura
inserción laboral, conforme a los objetivos del programa y a las necesidades y posibilidad personal de cada
uno.
b) Respeto a su intimidad y protección frente a ofensas verbales o físicas, incluidas las de naturaleza sexual.
c) Respeto a su dignidad personal y su conciencia cívica y moral.
d) A la igualdad en el trato sin discriminación alguna por razón de edad, raza, sexo, ideas religiosas o políticas,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El presente Reglamento pretende servir de norma que articule, dentro de la legalidad vigente, aquellos aspectos propios del
desarrollo y desempeño cotidiano del proyecto de empleo y formación, todo ello sin perjuicio de lo establecido en la
normativa específica que regule el programa/proyecto concreto, el estatuto de los trabajadores, el convenio colectivo y
demás legislación que resulte de aplicación.
TÍTULO PRIMERO: ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ORGANIZACIÓN
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.
Las normas del presente Reglamento son de orden interno y serán de aplicación a los/as alumnos/as-trabajadores/as del
proyecto Programa Colaborativo Rural "Los Guadalperales y Acedera construyen" cuya entidad promotora es el Excmo.
Ayuntamiento de los Guadalperales en su condición de entidad promotora y contratante.
Artículo 2.- Organización general.
- Nivel institucional: La máxima responsabilidad institucional del programa corresponderá al Excmo.
Ayuntamiento de Los Guadalperales, cargo que compartirá con el Servicio de Extremeño Público de Empleo,
en los términos que marca la legislación y la normativa publicada al efecto.
- Nivel interno: La organización interna del programa se asentará en su equipo directivo-docente, entendido
este como órgano de trabajo colectivo. Se completará este órgano con la existencia de un delegado/a de
alumnos/as.
TÍTULO SEGUNDO: CONDICIONES LABORALES
Artículo 3.- Condiciones laborales.
Define la condición del alumnado-trabajador del proyecto el mantener con el Excmo. Ayuntamiento de los Guadalperales, en
calidad de entidad promotora, una relación regulada formalmente por un contrato de formación y aprendizaje, por lo que
son considerados trabajadores, sin perder en ningún caso la condición de alumno.
La duración del contrato será de seis meses.
Durante la vigencia del contrato de formación y aprendizaje, el alumnado-trabajador tendrá derecho a la percepción del 75%
del Salario Mínimo Interprofesional vigente, más una paga extra.
TÍTULO TERCERO: DERECHOS, DEBERES Y NORMAS DE COMPORTAMIENTO
Artículo 4.- Derechos.
Los/as alumnos/as-trabajadores/as tienen derecho a:
a) Recibir una formación teórica y práctica que le capacite en el conocimiento de un oficio para su futura
inserción laboral, conforme a los objetivos del programa y a las necesidades y posibilidad personal de cada
uno.
b) Respeto a su intimidad y protección frente a ofensas verbales o físicas, incluidas las de naturaleza sexual.
c) Respeto a su dignidad personal y su conciencia cívica y moral.
d) A la igualdad en el trato sin discriminación alguna por razón de edad, raza, sexo, ideas religiosas o políticas,
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