Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (05155/2024)
Bases para cubrir tres plazas de Oficial de la Policía Local, mediante sistema de concurso-oposición por promoción interna
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

Anuncio 5155/2024

formación policial, que hubieran sido impartidos por ayuntamientos y organizaciones sindicales antes de la
entrada en vigor del decreto 107/2017, de 11 de julio, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento
para el reconocimiento por la ASPEX de acciones formativas impartidas por otras entidades, o normativa que
lo sustituya, podrán ser valorados con la misma baremación que los demás referidos en este apartado.
d) Docencia.
Representará hasta un máximo de 0,25 puntos de la puntación a obtener en esta fase. Únicamente se
valorará docencia certificada por centros regionales/nacionales de formación policial, así como docencia
certificada por universidades públicas de la UE, siempre que, en este caso, se trate de actividades formativas
relacionadas con la labor policial. También se valorará la docencia certificada por centros municipales,
sindicales o privados cuando se trate de actividades formativas que hubieran sido previamente reconocidas
por centros públicos regionales/nacionales de formación policial. Se valorarán un máximo de 250 horas
lectivas, a razón de 0,001 puntos por hora lectiva.
e) Condecoraciones.
Representará hasta un máximo de 0,25 puntos de la puntación a obtener en esta fase. Únicamente se
valorarán las condecoraciones otorgadas por el Gobierno de España, las comunidades autónomas y órganos
plenarios del resto de administraciones públicas, así como otros cuerpos policiales internacionales, siempre
que sean concedidas a título individual conforme al siguiente baremo:
- Medalla al mérito de la Policía Local de Extremadura categoría oro 0,25 puntos.
- Medalla al mérito de la Policía Local de Extremadura categoría plata 0,20 puntos.
- Condecoraciones de otras administraciones o cuerpos policiales 0,10 puntos.
- Reconocimientos 0,05 puntos.

Décima. Calificación de la fase de concurso-oposición.
1. Calificación de la fase de oposición.
Todas las pruebas serán obligatorias para la totalidad de aspirantes y tendrán carácter eliminatorio, siendo
necesario para realizar una prueba haber superado la anterior.
Una vez finalizada la corrección de cada una de las pruebas, se publicará por el Tribunal de Selección las
personas que lo han superado, disponiendo las personas interesadas de un plazo de 5 días hábiles para
efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
Los criterios de corrección, para cada una de las pruebas de la fase de oposición, serán los siguientes:
a) Valoración de las pruebas físicas. Para esta prueba se requerirán los servicios de personal
especializado, que emitirá, con arreglo a las condiciones de la correspondiente convocatoria, un
informe, a la vista del cual el Tribunal resolverá. Esta prueba se calificará conforme al anexo II
de esta convocatoria. Para la superación de las distintas pruebas físicas deberán alcanzarse las
marcas mínimas que se establecen en dicho anexo II para cada una de ellas. En caso contrario,
el o la aspirante obtendrá la calificación de no apto/no apta.
La calificación numérica de quienes superen cada prueba se realizará con una puntuación
comprendida entre 5 y 10 puntos, conforme se relaciona en las tablas del anexo II. La
calificación global de dichas pruebas físicas será la media aritmética de todas las obtenidas en
cada una de ellas.
Una vez finalizada la corrección de la prueba, se publicará por el Tribunal de Selección las
personas que lo han superado, disponiendo las personas interesadas de un plazo de 3 días
hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
b) Valoración de la prueba teórica: Se valorarán las primeras cincuenta preguntas, quedando en
reserva las comprendidas entre la 51 y la 55, por si el Tribunal anulara alguna pregunta, por
entenderla mal formulada o no ajustada al temario. Las preguntas a puntuar se obtendrán de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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