Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (04946/2024)
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la celebración durante el año 2025 de actividades culturales y fiestas populares
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Área de Cultura, Deportes y Juventud

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partidas o gastos que la componen. (2 puntos).
13. Atendiendo a la valoración técnica del proyecto (8 puntos). Para valorar técnicamente el proyecto
presentado se tendrá en cuenta:
1) Desarrollo del proyecto. Se valorará que el mismo esté suficientemente desarrollado y
cumplimentado en todos sus apartados, así como que conste de un buen estudio de
antecedentes, diagnóstico de desarrollo previo y justificación de la propuesta, objetivos
generales y específicos, etc. adecuándose a las necesidades de la localidad o localidades a las
que se destina o de la zona de intervención. (2 puntos).
2) Duración de los proyectos. Que se trate de proyectos que no se concentren en una sola
jornada, un fin de semana o una semana, sino que sean proyectos con varias actuaciones en
diferentes meses del año. (1 punto).
3) Que exista coherencia entre los objetivos, resultados y actividades propuestas. (2 puntos).
4) Que sean proyectos que permitan un mejor desarrollo cultural y educativo de los ciudadanos
y ciudadanas de los entornos rurales, donde los beneficiarios estén bien identificados y
cuantificados. (1 punto).
5) Que se potencien iniciativas relacionadas con la multiculturalidad, la formación de las
personas, la protección de las tradiciones culturales y educativas, el patrimonio, la difusión, la
creación, el ocio, las artes, las ciencias y las letras. (1 punto).
6) Que apuesten por la cultura y las tradiciones populares como piezas imprescindibles para el
avance dela sociedad, contribuyendo al enriquecimiento personal de los ciudadanos y
ciudadanas de la provincia de Badajoz. (1 punto).
En el supuesto que existiera un empate de puntos entre distintas entidades y el crédito disponible no fuera
suficiente para atender todas las solicitudes empatadas se procederá al reparto proporcional de la cantidad
disponible entre las mismas.
Base 7. Instrucción, comisión de valoración y resolución de la convocatoria.
El procedimiento de concesión de la subvención será el de concurrencia competitiva ordinaria conforme se establece en las
bases de ejecución del presupuesto.
1.- Gestión e Instrucción. Subsanación de la solicitud.
La gestión e instrucción de los expedientes se llevará a cabo por el Área de Cultura, Deportes y Juventud que realizará de
oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos a valorar
para lo que podrá contar con la asistencia administrativa necesaria. El órgano instructor del procedimiento será el Director/a
del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Se establece una fase de preevaluación, donde se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la
condición de beneficiario de la subvención. Las solicitudes se analizarán una vez sea expedido por la Secretaría General un
certificado comprensivo de las solicitudes presentadas en el plazo establecido en el Registro Electrónico.
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos en que la solicitud o documentación presentada no reúna los
requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, conforme a lo
dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Este trámite de subsanación de la solicitudse efectuará a través del Registro Electrónico ubicado en la sede electrónica de
Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la Entidad Local. Los pasos a seguir para realizar el
acceso son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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