Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05131/2024)
Bases para cubrir veinticinco plazas de Administrativo/a funcionario de carrera por promoción interna, mediante sistema de concurso-oposición
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Badajoz
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forma de la solicitud.
4. El abono de tasas se realizará a través del enlace pago de tasas, existiendo dos opciones:
Opción A: Se generará modelo de autoliquidación y con ella los interesados deberán ir a las entidades
bancarias Ibercaja, Unicaja o Caixa para hacer el abono, ya sea por caja o por cajero automático. En el
supuesto de que se abone por caja, la autoliquidación vendrá sellada o validada mecánicamente por la
entidad bancaria, si se opta por el cajero automático la autoliquidación deberá venir acompañada del
resguardo emitido con el código de validación.
Opción B: Continuar con la pasarela de pago y realizar el abono a través de tarjeta bancaria,
generándose una vez finalizado el pago un documento con un código seguro de verificación.
Para acreditar el pago de la tasa, deberán presentarse conjuntamente el modelo de autoliquidación y el justificante de pago.
En cualquier caso, ambos deberán contener el nombre y apellidos o número de DNI de la persona aspirante, así como el
nombre de la convocatoria para la que se realiza el pago.
5. Formas y lugares de presentación de la solicitud:
Cumplimentada y firmada la solicitud generada, la persona aspirante deberá registrarla debidamente junto con el resto de
la documentación.
Para ello, podrá presentar telemáticamente la solicitud generada en el paso 2 de la base cuarta a través del archivo
presentación de solicitudes, o a través del Registro General de este Ayuntamiento, o en la forma establecida en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La documentación que sea presentada a través de Oficinas de Correos deberá ir en sobre abierto y debidamente fechada y
sellada por el personal de Correos antes de ser certificada junto con los documentos que se presenten.
En el momento de tramitar la solicitud a través de Registro, se adjuntará la siguiente documentación requerida en el
procedimiento:
Formulario de la solicitud rellenado y firmado.
Copia del DNI.
Copia de la titulación requerida.
Resguardo justificativo del abono de las tasas, o documentación acreditativa de estar exento de pago.
La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de los registros oficiales
indicados anteriormente, ni de hacerlo en el plazo indicado en el apartado 1 de la presente base. Tampoco exime al
aspirante del requisito de proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases
Quinta.- Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente de la Corporacióndictará resolución
declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de Badajoz, se hará pública la lista completa
de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
2. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página
web del Ayuntamiento de Badajoz resolución elevando a definitiva la lista provisional con la inclusión de los/as aspirantes
que fueron excluidos/as y que hayan subsanado errores u omisiones, determinando lugar, fecha y hora de inicio del
procedimiento y los componentes del Tribunal de Selección.
3. Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la página web del Ayuntamiento
de Badajoz. A efectos de cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del correspondiente anuncio en la página web del
Ayuntamiento de Badajoz
4. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con las demás personas aspirantes. El
Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que correspondan, concederá o
denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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forma de la solicitud.
4. El abono de tasas se realizará a través del enlace pago de tasas, existiendo dos opciones:
Opción A: Se generará modelo de autoliquidación y con ella los interesados deberán ir a las entidades
bancarias Ibercaja, Unicaja o Caixa para hacer el abono, ya sea por caja o por cajero automático. En el
supuesto de que se abone por caja, la autoliquidación vendrá sellada o validada mecánicamente por la
entidad bancaria, si se opta por el cajero automático la autoliquidación deberá venir acompañada del
resguardo emitido con el código de validación.
Opción B: Continuar con la pasarela de pago y realizar el abono a través de tarjeta bancaria,
generándose una vez finalizado el pago un documento con un código seguro de verificación.
Para acreditar el pago de la tasa, deberán presentarse conjuntamente el modelo de autoliquidación y el justificante de pago.
En cualquier caso, ambos deberán contener el nombre y apellidos o número de DNI de la persona aspirante, así como el
nombre de la convocatoria para la que se realiza el pago.
5. Formas y lugares de presentación de la solicitud:
Cumplimentada y firmada la solicitud generada, la persona aspirante deberá registrarla debidamente junto con el resto de
la documentación.
Para ello, podrá presentar telemáticamente la solicitud generada en el paso 2 de la base cuarta a través del archivo
presentación de solicitudes, o a través del Registro General de este Ayuntamiento, o en la forma establecida en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La documentación que sea presentada a través de Oficinas de Correos deberá ir en sobre abierto y debidamente fechada y
sellada por el personal de Correos antes de ser certificada junto con los documentos que se presenten.
En el momento de tramitar la solicitud a través de Registro, se adjuntará la siguiente documentación requerida en el
procedimiento:
Formulario de la solicitud rellenado y firmado.
Copia del DNI.
Copia de la titulación requerida.
Resguardo justificativo del abono de las tasas, o documentación acreditativa de estar exento de pago.
La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de los registros oficiales
indicados anteriormente, ni de hacerlo en el plazo indicado en el apartado 1 de la presente base. Tampoco exime al
aspirante del requisito de proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases
Quinta.- Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente de la Corporacióndictará resolución
declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de Badajoz, se hará pública la lista completa
de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
2. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página
web del Ayuntamiento de Badajoz resolución elevando a definitiva la lista provisional con la inclusión de los/as aspirantes
que fueron excluidos/as y que hayan subsanado errores u omisiones, determinando lugar, fecha y hora de inicio del
procedimiento y los componentes del Tribunal de Selección.
3. Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la página web del Ayuntamiento
de Badajoz. A efectos de cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del correspondiente anuncio en la página web del
Ayuntamiento de Badajoz
4. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con las demás personas aspirantes. El
Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que correspondan, concederá o
denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
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