Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Transición Ecológica (Badajoz). (05045/2024)
Convocatoria de subvenciones destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores para la realización de acciones para el Tercer Plan de Control de Mosquitos 2024 en la zona de las Vegas del Guadiana
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Delegación de Transición Ecológica
Anuncio 5045/2024
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
C. Justificación técnica. Se deberá presentar una memoria final firmada por el representante legal de la
entidad en la que se haga una descripción detallada de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
La acreditación de esta publicidad se detalla en la base 9, apartado d) sobre "obligaciones del beneficiario".
D. Justificación económica.
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general el importe a justificar es aquel que resulte en la Resolución de concesión.
Sin embargo, cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención
relativa a esta convocatoria, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá
acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
D.2.- Documentación a aportar:
Certificado expedido por el Secretario/a o Secretario-Interventor/a y V.º B.º del
Presidente de la entidad según el modelo que figura en el anexo III de cuenta
justificativa en el que figure:
o Que la aplicación de los fondos se ha destinado a la finalidad
para la que se concedió.
o Una relación de las obligaciones reconocidas netas,
contabilizadas en el presupuesto de la entidad, con cargo a la
subvención de Diputación de Badajoz.
o Una relación de las obligaciones reconocidas netas,
contabilizadas en el presupuesto de la entidad, con cargo a fondos
propios de la entidad, u otras subvenciones o recursos.
o Que todas las obligaciones certificadas se corresponden con
gastos devengados durante el período de ejecución establecido
(del 1 de Junio al 30 de Septiembre de 2024) y efectivamente
pagados con fecha 30 de noviembre de 2024.
o Que fueron consideradas, a efectos de justificación, todas las
limitaciones establecidas en la convocatoria a los gastos
justificables, así como las limitaciones relativas a los pagos
realizados en efectivo, establecidas en las bases de la
convocatoria.
o Una relación de otros ingresos o subvenciones que hayan
financiado el proyecto o la actividad con indicación del importe y
su procedencia.
o Que se haga constar que el importe de la subvención concedida,
por sí sola o en concurrencia con otras subvenciones concedidas
por agentes financiadores, no excede del importe total de la
actividad o proyecto subvencionado.
La Intervención Provincial, podrá realizar mediante técnicas de muestreo, el control financiero de las
subvenciones otorgadas, en los términos y condiciones a las que se refiere el Título III de la Ley de
Subvenciones, y del resultado del mismo podrá derivarse la apertura de expedientes de reintegro, en su caso.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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entidad en la que se haga una descripción detallada de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
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D. Justificación económica.
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general el importe a justificar es aquel que resulte en la Resolución de concesión.
Sin embargo, cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención
relativa a esta convocatoria, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá
acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
D.2.- Documentación a aportar:
Certificado expedido por el Secretario/a o Secretario-Interventor/a y V.º B.º del
Presidente de la entidad según el modelo que figura en el anexo III de cuenta
justificativa en el que figure:
o Que la aplicación de los fondos se ha destinado a la finalidad
para la que se concedió.
o Una relación de las obligaciones reconocidas netas,
contabilizadas en el presupuesto de la entidad, con cargo a la
subvención de Diputación de Badajoz.
o Una relación de las obligaciones reconocidas netas,
contabilizadas en el presupuesto de la entidad, con cargo a fondos
propios de la entidad, u otras subvenciones o recursos.
o Que todas las obligaciones certificadas se corresponden con
gastos devengados durante el período de ejecución establecido
(del 1 de Junio al 30 de Septiembre de 2024) y efectivamente
pagados con fecha 30 de noviembre de 2024.
o Que fueron consideradas, a efectos de justificación, todas las
limitaciones establecidas en la convocatoria a los gastos
justificables, así como las limitaciones relativas a los pagos
realizados en efectivo, establecidas en las bases de la
convocatoria.
o Una relación de otros ingresos o subvenciones que hayan
financiado el proyecto o la actividad con indicación del importe y
su procedencia.
o Que se haga constar que el importe de la subvención concedida,
por sí sola o en concurrencia con otras subvenciones concedidas
por agentes financiadores, no excede del importe total de la
actividad o proyecto subvencionado.
La Intervención Provincial, podrá realizar mediante técnicas de muestreo, el control financiero de las
subvenciones otorgadas, en los términos y condiciones a las que se refiere el Título III de la Ley de
Subvenciones, y del resultado del mismo podrá derivarse la apertura de expedientes de reintegro, en su caso.
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