Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (04964/2024)
Bases de la convocatoria de los "I Premios Audiovisuales Contra la Violencia Machista" de la Diputación de Badajoz correspondiente al año 2024
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Área de Igualdad

Anuncio 4964/2024

- Anexo I: Solicitud de participación en "I Premios Audiovisuales contra la Violencia Machista".
Diputación de Badajoz.
- Anexo II: Autorización para la participación de personas menores de edad.
Tercero.- Aprobar el gasto por la cuantía del premio que fija la convocatoria. La adjudicación del premio
queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de
concesión.
Cuarto.- Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión del premio en régimen de
concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y BDNS, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto. Lo dispone así el
Presidente de la Diputación de Badajoz, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento, dando fe de todo
ello como Secretario General.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de dos de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo.
Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación
de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente
indicada, todo ello de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier
otro recurso que se estime procedente.
Lo dispone así, el Presidente de la Institución, con fecha de firma electrónica. A tal efecto y por el Secretario General, Enrique
Pedrero Balas, se toma razón para su transcripción al libro electrónico de resoluciones, a los solos efectos de garantizar la
integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los ficheros electrónicos correspondientes,
conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2.e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen
Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD. La Diputada Delegada del Área de Igualdad (decreto 10/04/2024, BOP
11/04/2024 número 69), Lourdes Linares Matito.

BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA DE LOS "I PREMIOS AUDIOVISUALES CONTRA LA VIOLENCIA MACHISTA" DE LA
DIPUTACIÓN DE BADAJOZ CORRESPONDIENTES AL AÑO 2024
CONVOCATORIA
La convocatoria de los I Premios Audiovisuales Contra la Violencia Machista tiene como objeto premiar creaciones
audiovisuales realizadas por jóvenes y adolescentes de centros educativos de la provincia de Badajoz que promuevan
valores de igualdad entre hombres y mujeres, así como de lucha contra todas las formas de violencia machista.
BASES
Primera.- Los premios tienen carácter provincial y persiguen los siguientes objetivos:
Sensibilizar en igualdad de género y erradicación de la violencia machista.
Promover la participación de jóvenes y adolescentes en la lucha contra la violencia machista.
Impulsar modelos de relaciones saludables, igualitarias y libres de violencia.
Fomentar el desarrollo de la creatividad y la expresión artística del alumnado de la provincia.
Segunda.- Podrán participar en el concurso jóvenes y adolescentes que cursen estudios en alguno de los centros educativos
de educación secundaria y formación profesional de la provincia de Badajoz; la participación en el concurso se realizará a
través de los respectivos centros educativos, como entidades beneficiarias.
La participación será grupal, estableciendo un límite inferior de 3 personas por grupo y un límite superior de 6 personas por
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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