Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (05087/2024)
Resolución de concesión de subvenciones de la convocatoria del Plan "Diputación Contigo", de obras y equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación de Badajoz para el ejercicio 2024
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Badajoz
Anuncio 5087/2024
Resolución de concesión de subvenciones de la convocatoria del Plan "Diputación Contigo", de obras y equipamientos,
empleo y otros gastos corrientes de la Diputación de Badajoz para el ejercicio 2024

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL PLAN "DIPUTACIÓN CONTIGO" PARA FINANCIAR ACTUACIONES DE
INVERSIONES EN OBRAS Y EQUIPAMIENTOS, ASÍ COMO GASTOS DE PERSONAL Y OTROS GASTOS CORRIENTES DE
ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2024
ANTECEDENTES
Primero: Mediante decreto de 17 de julio de 2024 (anuncio 3540/2024 del Boletín Oficial de la Provincia número 138 de
fecha 19 de julio de 2024), se aprobaron las bases reguladoras para la convocatoria del Plan "Diputación Contigo" de obras,
equipamientos, empleos y otros gastos corrientes de la Diputación Provincial de Badajoz para el ejercicio 2024.
El Plan Provincial "Diputación Contigo" se encuentra integrado en el Plan estratégico de subvenciones del ejercicio 2024, que
se aprobó mediante acuerdo de la Junta de Gobierno en su sesión celebrada en fecha 19 de diciembre de 2023, que se
publicó en el BOP de fecha 27 de diciembre de 2023, se constituye como un elemento esencial para dar cumplimiento a
diferentes políticas públicas de esta Diputación Provincial, puesto que contribuye, de forma decisiva, a dar cumplimiento a
pilares básicos del presente mandato, como son, la garantía de la prestación de servicios públicos básicos a los municipios,
la vertebración territorial, la lucha contra la despoblación y la cohesión social con el objetivo de afrontar la recuperación y la
transformación de nuestros municipios.
En concreto, contribuye de forma decisiva a dar cumplimiento a los Objetivos de Desarrollo Sostenible número 8 sobre
"trabajo digno y crecimiento económico", especialmente, mediante la puesta en marcha de medidas para la activación del
empleo local y al número 11 de "ciudades y comunidades sostenibles" que suponen un apoyo nítido a los ayuntamientos en
el desarrollo urbanístico y en la gestión y ejecución de los servicios básicos necesarios y, que en el Plan vienen
representados por la financiación de obras en infraestructuras y equipamientos.
El respeto del principio de igualdad, requiere que la ciudadanía de la provincia alcance un nivel de prestación de servicios
públicos y de acceso al estado del bienestar similar en el conjunto de entidades locales de la provincia, sin que ningún
habitante se sienta discriminado por su lugar de residencia. La coordinación entre instituciones con el apoyo económico y el
asesoramiento técnico desde los servicios de la Diputación resulta una exigencia imprescindible para la consolidación en los
municipios de un modelo social que garantice las prestaciones y servicios sociales a todos los ciudadanos y ciudadanas de la
provincia de Badajoz.
Para la elaboración de este nuevo Plan Provincial, se ha tomado como base el análisis de los datos económicos, así como el
impacto económico y social generado por los anteriores planes Cohesiona, puesto que el actual Plan presenta importantes
similitudes en sus líneas de actuación, objetivos y criterios de reparto de los fondos, respetando, en todo momento, el
principio de autonomía local de las entidades locales, dado que tienen libertad para elegir dentro del amplio abanico de
actuaciones que les ofrece el Plan, el destino que le pretenden dar a los recursos que le corresponden en función de las
necesidades que presentan cada uno de ellos, como actores principales en su desarrollo y ejecución, y a las que se les presta
la asistencia técnica, económica y material que facilita la realización de las políticas sociales dirigidas a los ciudadanos y
ciudadanas de los municipios de la Provincia de Badajoz.
Segundo.- De conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la cuantía total
máxima de la aportación provincial del Plan asciende a 22.000.000,00 euros (veintidós millones de euros), que junto a la
cuota de corresponsabilidad, que deben asumir los beneficiarios, ascendería a un total de 27.114.792,56 millones de euros.
Tercero.- Transcurrido el plazo de 15 días hábiles para la presentación de las solicitudes a partir del día siguiente al de la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y conforme a lo establecido en la base 10 de
la convocatoria de subvenciones, se ha procedido por el órgano instructor a analizar las 175 solicitudes presentadas,
verificándose al final de dicho proceso el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de
beneficiario de la subvención según lo establecido en la base 6.
Destacar que de las 175 solicitudes presentadas, 102 necesitaron ser subsanadas en un plazo de 10 días, previo
requerimiento efectuado a cada una de las entidades, con el consiguiente retraso que este periodo de subsanación ocasiona
a la tramitación de la concesión de las subvenciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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