Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04940/2024)
Extracto de la convocatoria de subvenciones en materia de cultura, deporte, educación, juventud, medio ambiente, tercera edad, turismo, participación ciudadana, festejos populares y sanidad y consumo, por el procedimiento de concurrencia competitiva
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

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k) Festejos Populares: Actividades que realcen la celebración de actos que se realicen con ocasión de las
fiestas.
En ningún caso serán subvencionables los programas, actividades, o adquisición de material para los que se
hayan convocado planes a nivel provincial o regional, siempre que estén abiertos a los peticionarios a que se
refiere la base siguiente, salvo que, realizada la oportuna solicitud en tiempo y forma, su inclusión en ellos
haya sido denegada.
Tercero.- Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza específica para la concesión
de subvenciones en materia de cultura, deporte, educación, juventud, medio ambiente, tercera edad, turismo, participación
ciudadana, Festejos Populares y Sanidad y Consumo, aprobada en fecha 16 de diciembre de 2009, y publicada en el Boletín
Oficial de la Provincia número 235, de fecha 18 de enero de 2010.
Las subvenciones se encuentran reguladas en las Bases de Ejecución del Presupuesto para 2024 y en el Plan Estratégico de
Subvenciones anexo a las mismas.
Cuarto.- Cuantía de la ayuda.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes:

Aplicación 334/48901-Plan de Subvenciones

7.500,00 €

Aplicación 337/48901-Plan de Subvenciones

7.000,00 €

Aplicación 341/48901-Plan de Subvenciones

4.000,00 €

Al resultar afectadas varias aplicaciones presupuestarias, podrá alterarse el importe de gasto autorizado en las distintas
aplicaciones, siempre que no se supere el límite máximo a conceder, puesto que las aplicaciones anteriores se encuentran
vinculadas.
El importe máximo de las subvenciones a conceder por asociación será de 1.000,00 €.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar las solicitudes estará abierto desde el 21 de octubre de 2024 hasta el 5 de noviembre de 2024.
La solicitud en modelo normalizado, dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, se presentará en el Registro
electrónico (a través de la sede electrónica) o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas para personas jurídicas.
En Puebla de la Calzada, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan María Delfa Cupido.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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