Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (04877/2024)
Rectificación de bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de Arquitectos/as Superiores, mediante el sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Badajoz
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
Anuncio 4877/2024
Rectificación de bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de Arquitectos/as Superiores, mediante el
sistema de oposición libre
DECRETO DE RECTIFICACIÓN DE BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE ARQUITECTOS/AS
SUPERIORES, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE
Habiéndose publicado íntegramente en el BOP de Badajoz número 193 de 7 de octubre de 2024, las bases de la
convocatoria para la constitución de una bolsa de Arquitectos/as Superiores del Ayuntamiento de Badajoz, y advertido error
en las mencionadas bases, en virtud de las atribuciones que tengo conferidas, con esta fecha.
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar la rectificación de las referidas bases, en el sentido que a continuación se indica:
Donde dice:
"Base primera – Requisitos de admisión.
1.1.c) Estar en posesión de la siguiente titulación: Grado en Arquitectura o
equivalente por planes educativos anteriores. En caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente
convalidación o credencial que acredite su homologación".
Debe decir:
"Base primera – Requisitos de admisión.
1.1.c) Estar en posesión de la siguiente titulación: Título de Arquitecto/a o el título
universitario oficial que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada,
según establecen las directivas comunitarias. En caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente
convalidación o credencial que acredite su homologación".
Donde dice:
"ANEXO:
Tema 33: Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el
documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación
para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados".
Debe decir:
"ANEXO:
Tema 33: Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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SUPERIORES, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE
Habiéndose publicado íntegramente en el BOP de Badajoz número 193 de 7 de octubre de 2024, las bases de la
convocatoria para la constitución de una bolsa de Arquitectos/as Superiores del Ayuntamiento de Badajoz, y advertido error
en las mencionadas bases, en virtud de las atribuciones que tengo conferidas, con esta fecha.
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar la rectificación de las referidas bases, en el sentido que a continuación se indica:
Donde dice:
"Base primera – Requisitos de admisión.
1.1.c) Estar en posesión de la siguiente titulación: Grado en Arquitectura o
equivalente por planes educativos anteriores. En caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente
convalidación o credencial que acredite su homologación".
Debe decir:
"Base primera – Requisitos de admisión.
1.1.c) Estar en posesión de la siguiente titulación: Título de Arquitecto/a o el título
universitario oficial que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada,
según establecen las directivas comunitarias. En caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente
convalidación o credencial que acredite su homologación".
Donde dice:
"ANEXO:
Tema 33: Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el
documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación
para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados".
Debe decir:
"ANEXO:
Tema 33: Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el
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