Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (04861/2024)
Extracto de las bases para convocatoria de subvenciones para la concesión de los premios a los mejores expedientes académicos del curso 2023-2024 en régimen de concurrencia competitiva
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

Anuncio 4861/2024

El importe total de los premios será de 4.000,00 €, distribuidos como se señala en el artículo 7 de estas bases, que se
imputarán a la aplicación presupuestaria 334 481.
Artículo 9. Distinciones.
Las distinciones a las que se refiere estas bases se acreditarán mediante Diploma expedido por el Sr. Alcalde. Estos diplomas
serán entregados en un acto a determinar por el Excelentísimo Ayuntamiento.
Artículo 10. Competencia.
Corresponde al Sr. Alcalde, previo acuerdo de la Junta de Gobierno Local, otorgar cada año académico las distinciones a que
se refieren las presentes bases.
Para lo no contemplado en estas bases la Junta de Gobierno Local interpretará y decidirá bajo su mejor criterio.
Artículo 11. Datos personales.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales, se tratarán y guardarán los datos aportados en la instancia y
documentación que la acompañe para la tramitación y gestión del presente expediente administrativo y demás actuaciones
relacionadas.
Los solicitantes tendrán derecho a acceder, rectificar, y suprimir los datos facilitados, así como cualesquiera otros derechos
que correspondan. Asimismo, podrán oponerse a que los datos personales que les conciernan sean objeto de un
tratamiento de datos.
La finalidad de los datos es la tramitación, gestión de expedientes administrativos y actuaciones derivadas de estos. Se prevé
la posible cesión de datos a terceros, sin que haya previsión de transferencias a terceros países.
Además, la participación en esta convocatoria conlleva la autorización al Excmo. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera o a las
personas físicas o jurídicas a las que éste autorice de los derechos de explotación de las imágenes y/o grabaciones
audiovisuales que se realicen de forma personalizada, tanto individual como en grupo, así como a su difusión promocional
sin limitación temporal alguna, en la Web oficial del Ayuntamiento, medios de comunicación autorizados y redes sociales en
las que participe el Ayuntamiento.
Artículo 12. Aceptación de las bases.
El hecho de participar en la convocatoria conlleva la aceptación de estas bases. Las dudas que puedan surgir en la aplicación
de las mismas serán resueltas por la Junta de Gobierno Local.
Artículo 13. Recursos.
Contra el acuerdo por el que se otorguen los premios objeto de esta convocatoria se podrá interponer por los interesados
recurso de reposición en el plazo de un mes desde la publicación del anuncio en la sede electrónica, de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
También podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el
plazo de dos meses desde la publicación del citado anuncio.
Oliva de la frontera, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Antonio García Torres.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 5