Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Retamal de Llerena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04823/2024)
Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos entre distintos grupos de función
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Ayuntamiento de Retamal de Llerena

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Retamal de Llerena
Retamal de Llerena (Badajoz)
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Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos entre distintos grupos de función

EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS ENTRE DISTINTOS GRUPOS DE FUNCIÓN
El Pleno del Ayuntamiento de Retamal de Llerena, en sesión ordinaria celebrada el 4 de octubre de 2024, al punto IV del
orden del día, adoptó acuerdo de aprobación inicial del expediente 05MCP2024 de transferencias de créditos de partidas de
distinto grupo de función.
La partida presupuestaria que aumenta su crédito es la partida 943.463 (aportación municipal a Mancomunidades) y por
importe de 8.000,00 euros.
La partida presupuestaria que disminuye su crédito es la partida 132.120 (retribuciones básicas Policía Local) y por importe
de 8.000,00 euros.
De conformidad con los dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el RD 500/1990
que la desarrolla, se somete el expediente a exposición pública por plazo de 15 días, para que quienes se consideren
interesados puedan presentar reclamaciones y legaciones. Si transcurrido dicho plazo no se presentaran reclamaciones
contra el expediente, el mismo se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de un nuevo acuerdo.
De conformidad con el artículo 113 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo en los plazos establecidos en el articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
jurisdicción citada.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo aprobado.
Retamal de Llerena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Diego Caballero Murillo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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