Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremayor. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04842/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de crédito 7/2024, crédito extraordinario y suplemento de crédito
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Torremayor
Anuncio 4842/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Torremayor
Torremayor (Badajoz)
Anuncio 4842/2024
Aprobación definitiva de la modificación de crédito 7/2024, crédito extraordinario y suplemento de crédito
APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO 7/2024, EN MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO
EXTRAORDINARIO Y SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON MAYORES INGRESOS CORRIENTES
Aprobado definitivamente el expediente de modificación de crédito 7/2024, en modalidad de crédito extraordinario y
suplemento de crédito financiado con mayores ingresos corrientes a los previstos en el presupuesto, al no haberse
presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 por remisión del
177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo.
MODIFICACIÓN DE CRÉDITO7/2024, EN LA MODALIDAD DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO Y SUPLEMENTO DE CRÉDITO
FINANCIADO CON MAYORES INGRESOS CORRIENTES A LOS PREVISTOS INICIALMENTE EN EL PRESUPUESTO
ALTAS EN LAS APLICACIONES DE GASTOS DEL PRESUPUESTO
Aplicación
Prog.
Descripción
Créditos
iniciales
Econ.
Modificación
de crédito
Créditos
finales
155
619.00 Inversiones materiales AEPSA
11.429,00 €
18.000,00 € 29.429,00 €
1621
632.00 Edif. y otras construcciones (Inver. Mejora punto limpio)
0,00 €
18.198,42 € 18.198,42 €
231
632.00 Edif. y otras construcciones (Inver. Repos. Residencia
Mayores)
0,00 €
2.000,00 €
2.000,00 €
231
633.00 Maqu. Inst. T y Ut. (Inver. Respos. Residencia Mayores
0,00 €
6.000,00 €
6.000,00 €
338
226.99 Otros gastos diversos y Festejos Populares
920
636.00 Equipos Informáticos
(*) 30.000,00 €
0,00 €
41.429,00 €
11.864,64 € 41.864,64 €
750,00 €
750,00 €
56.813,06 € 98.242,06 €
(*) El importe incluye otras modificaciones de créditos aprobadas sobre la aplicación con anterioridad.
ALTAS EN LAS APLICACIONES DE INGRESOS DEL PRESUPUESTO
Aplicación
420.00
Descripción
Participación en los Tributos del Estado
Créditos iniciales Modificación
de crédito
Créditos
finales
219.220,00 €
56.813,06 € 276.033,06 €
219.220,00 €
56.813,06 € 276.033,06 €
Queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril,
regulador de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios
posteriores por los siguientes motivos: "Existen gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente,
para los que no existen o resulta insuficiente o no ampliable los créditos del presupuesto vigente, tales como
la inversión en la obra de mejora del punto limpio, la finalización de la obra de acondicionamiento de la
Calzada Romana, inversiones de reposición en el edificio y en algunas instalaciones de la Residencia de
Mayores, inversiones en equipamiento informático del área de administración general y gastos en los festejos
locales".
b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto, de crédito destinado a esas finalidades específicas,
que se verifica en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO 7/2024, EN MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO
EXTRAORDINARIO Y SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON MAYORES INGRESOS CORRIENTES
Aprobado definitivamente el expediente de modificación de crédito 7/2024, en modalidad de crédito extraordinario y
suplemento de crédito financiado con mayores ingresos corrientes a los previstos en el presupuesto, al no haberse
presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 por remisión del
177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo.
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FINANCIADO CON MAYORES INGRESOS CORRIENTES A LOS PREVISTOS INICIALMENTE EN EL PRESUPUESTO
ALTAS EN LAS APLICACIONES DE GASTOS DEL PRESUPUESTO
Aplicación
Prog.
Descripción
Créditos
iniciales
Econ.
Modificación
de crédito
Créditos
finales
155
619.00 Inversiones materiales AEPSA
11.429,00 €
18.000,00 € 29.429,00 €
1621
632.00 Edif. y otras construcciones (Inver. Mejora punto limpio)
0,00 €
18.198,42 € 18.198,42 €
231
632.00 Edif. y otras construcciones (Inver. Repos. Residencia
Mayores)
0,00 €
2.000,00 €
2.000,00 €
231
633.00 Maqu. Inst. T y Ut. (Inver. Respos. Residencia Mayores
0,00 €
6.000,00 €
6.000,00 €
338
226.99 Otros gastos diversos y Festejos Populares
920
636.00 Equipos Informáticos
(*) 30.000,00 €
0,00 €
41.429,00 €
11.864,64 € 41.864,64 €
750,00 €
750,00 €
56.813,06 € 98.242,06 €
(*) El importe incluye otras modificaciones de créditos aprobadas sobre la aplicación con anterioridad.
ALTAS EN LAS APLICACIONES DE INGRESOS DEL PRESUPUESTO
Aplicación
420.00
Descripción
Participación en los Tributos del Estado
Créditos iniciales Modificación
de crédito
Créditos
finales
219.220,00 €
56.813,06 € 276.033,06 €
219.220,00 €
56.813,06 € 276.033,06 €
Queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril,
regulador de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios
posteriores por los siguientes motivos: "Existen gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente,
para los que no existen o resulta insuficiente o no ampliable los créditos del presupuesto vigente, tales como
la inversión en la obra de mejora del punto limpio, la finalización de la obra de acondicionamiento de la
Calzada Romana, inversiones de reposición en el edificio y en algunas instalaciones de la Residencia de
Mayores, inversiones en equipamiento informático del área de administración general y gastos en los festejos
locales".
b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto, de crédito destinado a esas finalidades específicas,
que se verifica en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.
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