Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (04796/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de doce plazas vacantes de funcionarios/as, de Administrativo de Administración General
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

Anuncio 4796/2024

superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con
discapacidad. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de las
personas aspirantes.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener, según lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, el título de Bachiller o Técnico. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la
Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de Graduado
en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, modificada mediante la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o equivalencia en
su caso.
f) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere la base
cuarta.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo, y durante el período de nombramiento de empleada/o
pública/o.
Cuarta.- Solicitudes.
1. Tasas.
Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo, deberán abonar una tasa de examen por el importe
que proceda, en función de la situación que acredite la persona aspirante según la tabla explicativa que se
indica en este apartado.
Exenciones y bonificaciones.
- Estarán exentas del pago de esta tasa quienes formen parte de familias numerosas que
tengan reconocida tal condición, clasificadas de "categoría especial".
- También estarán exentas las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo,
cónyuges o parejas de hecho, así como sus hijas e hijos, debiendo acompañar a la solicitud
certificado acreditativo de tal condición.
- Se fija una bonificación del 50% del importe de la tasa para aquellas personas que formen
parte de familias numerosas que tengan reconocida tal condición, clasificadas de "categoría
general".
Estas exenciones y bonificaciones deberán ser rogadas por la persona aspirante, indicándolo en su solicitud,
acompañando a la misma copia de la documentación requerida.

Tasa derecho examen subgrupo C1
Familia numerosa "categoría general" (50%)

Tarifa general

Tarifa desempleada/o

22,66 euros

11,33 euros

11,33 euros

5,66 euros

Familia numerosa "categoría especial"

Exentas

Víctima del terrorismo

Exentas

Quienes manifiesten encontrarse en situación de desempleo, a efectos de acogerse a la tarifa desempleado/a,
deberán acreditar dicha condición mediante la presentación de un informe de vida laboral expedido por la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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