Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04825/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de cuatro plazas vacantes de funcionarios/as de Ingeniero/a Técnico Industrial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 4825/2024
Cada documento que se adjunte a la solicitud, a través de la sede electrónica, necesariamente se nombrará en mayúsculas,
con los apellidos y nombre de la persona aspirante. El trámite finalizará con la emisión del justificante de entrada en
registro, siendo responsable la persona interesada de verificar presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección publicará anuncio concediendo a las personas aspirantes que han
superado dicha fase, un plazo de 10 días hábiles para presentar los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen
para la fase de concurso. En el caso de méritos que ya figuren en el expediente personal, éstos serán recabados de oficio
por el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, y aportados al Tribunal de Selección para su valoración.
La presentación de la solicitud, junto a la documentación que la acompaña, y la subsanación de las misma, en su caso, se
realizará por el canal electrónico, durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido, mediante el trámite
habilitado al efecto a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz ubicada en la dirección
https://sede.dip-badajoz.es/, de conformidad con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 9.1.f de la Ordenanza reguladora del Procedimiento
Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz. Las personas interesadas aportarán al
expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, que debidamente
firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud electrónica. La Diputación Provincial
de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la información original o
solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias implica
la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.
Excepcionalmente, se podrá realizar la presentación en otro soporte, cuando una incidencia técnica debidamente acreditada
haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
4. Discapacidad.
Quienes opten por el turno de discapacidad deberán expresamente indicarlo en su instancia y aportar junto a la misma
certificado acreditativo expedido por la Administración competente de tener una discapacidad igual o superior al 33%. En las
instancias deberá manifestarse por cuál de los dos turnos («Turno libre» o «Turno discapacidad») se opta. Las personas
aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos. De no hacerse constar nada al respecto se entenderá que se
opta por el turno libre.
Las personas aspirantes con discapacidad, independientemente del turno por el que opten, y que precisen adaptaciones
para la realización de los ejercicios, deberán solicitarlo en la instancia concretando la adaptación que precisen, en el caso de
que esta sea necesaria. El Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que
correspondan, concederá o denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006,
de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes
de adaptación, se tendrá en cuenta que las mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni
menoscabo del nivel de suficiencia exigible para superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación
directa con el formato del ejercicio a realizar.
La Diputación podrá recabar informes complementarios para determinar la capacidad funcional de las personas aspirantes
para las funciones habitualmente desarrolladas por funcionarias/os integradas/os en las plazas objeto de las presentes
bases. Asimismo, en su caso, la Administración podrá solicitar informe del Centro de Atención a la Discapacidad en
Extremadura, CADEX, u organismo equivalente que acredite la compatibilidad de la persona aspirante para el desempeño de
las tareas y funciones de las plazas. Dicho informe tendrá carácter no vinculante para la obtención del grado de «apto
laboral» emitido por el Servicio de Prevención y Salud en el reconocimiento médico previsto.
Quinta.- Admisión.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación dictará resolución declarando aprobada
la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial
de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la página web de la
Diputación de Badajoz https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/, se hará pública la lista completa de personas
aspirantes admitidas y excluidas, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
La subsanación deberá realizarse por el canal electrónico. Para ello, en la sede electrónica corporativa de la Diputación de
Badajoz se deberá acceder, durante el plazo de subsanación, al trámite habilitado al efecto en el que se adjuntará la
documentación oportuna en función de la causa de exclusión:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10071&ent_id=10&idioma=1(Trámites ciudadanos y
empresas / Trámites por delegaciones / Recursos Humanos y Régimen Interior: Subsanación de la solicitud de
admisión a pruebas selectivas).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Cada documento que se adjunte a la solicitud, a través de la sede electrónica, necesariamente se nombrará en mayúsculas,
con los apellidos y nombre de la persona aspirante. El trámite finalizará con la emisión del justificante de entrada en
registro, siendo responsable la persona interesada de verificar presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección publicará anuncio concediendo a las personas aspirantes que han
superado dicha fase, un plazo de 10 días hábiles para presentar los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen
para la fase de concurso. En el caso de méritos que ya figuren en el expediente personal, éstos serán recabados de oficio
por el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, y aportados al Tribunal de Selección para su valoración.
La presentación de la solicitud, junto a la documentación que la acompaña, y la subsanación de las misma, en su caso, se
realizará por el canal electrónico, durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido, mediante el trámite
habilitado al efecto a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz ubicada en la dirección
https://sede.dip-badajoz.es/, de conformidad con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 9.1.f de la Ordenanza reguladora del Procedimiento
Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz. Las personas interesadas aportarán al
expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, que debidamente
firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud electrónica. La Diputación Provincial
de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la información original o
solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias implica
la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.
Excepcionalmente, se podrá realizar la presentación en otro soporte, cuando una incidencia técnica debidamente acreditada
haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
4. Discapacidad.
Quienes opten por el turno de discapacidad deberán expresamente indicarlo en su instancia y aportar junto a la misma
certificado acreditativo expedido por la Administración competente de tener una discapacidad igual o superior al 33%. En las
instancias deberá manifestarse por cuál de los dos turnos («Turno libre» o «Turno discapacidad») se opta. Las personas
aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos. De no hacerse constar nada al respecto se entenderá que se
opta por el turno libre.
Las personas aspirantes con discapacidad, independientemente del turno por el que opten, y que precisen adaptaciones
para la realización de los ejercicios, deberán solicitarlo en la instancia concretando la adaptación que precisen, en el caso de
que esta sea necesaria. El Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que
correspondan, concederá o denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006,
de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes
de adaptación, se tendrá en cuenta que las mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni
menoscabo del nivel de suficiencia exigible para superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación
directa con el formato del ejercicio a realizar.
La Diputación podrá recabar informes complementarios para determinar la capacidad funcional de las personas aspirantes
para las funciones habitualmente desarrolladas por funcionarias/os integradas/os en las plazas objeto de las presentes
bases. Asimismo, en su caso, la Administración podrá solicitar informe del Centro de Atención a la Discapacidad en
Extremadura, CADEX, u organismo equivalente que acredite la compatibilidad de la persona aspirante para el desempeño de
las tareas y funciones de las plazas. Dicho informe tendrá carácter no vinculante para la obtención del grado de «apto
laboral» emitido por el Servicio de Prevención y Salud en el reconocimiento médico previsto.
Quinta.- Admisión.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación dictará resolución declarando aprobada
la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial
de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la página web de la
Diputación de Badajoz https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/, se hará pública la lista completa de personas
aspirantes admitidas y excluidas, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
La subsanación deberá realizarse por el canal electrónico. Para ello, en la sede electrónica corporativa de la Diputación de
Badajoz se deberá acceder, durante el plazo de subsanación, al trámite habilitado al efecto en el que se adjuntará la
documentación oportuna en función de la causa de exclusión:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10071&ent_id=10&idioma=1(Trámites ciudadanos y
empresas / Trámites por delegaciones / Recursos Humanos y Régimen Interior: Subsanación de la solicitud de
admisión a pruebas selectivas).
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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