Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04818/2024)
Bases de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso, para cubrir una plaza de Técnico de Educación infantil
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 4818/2024
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Los procesos selectivos correspondientes a la oferta de empleo público de estabilización de empleo temporal, se han de
realizar garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, recogidos en el
artículo 55.1 y 2 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público:
Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad,
mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.
f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
3. Requisitos de los aspirantes.
3.1.- Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto para los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea en el artículo 57 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a
desempeñar.
c) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso a la escala de administración general. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Grado en Educación Infantil, Diplomatura Maestro con especialización en
Educación Infantil o Preescolar o equivalente. Las posibles equivalencias de titulaciones deberán ser
presentadas y acreditadas por los aspirantes.
3.2.- Los requisitos establecidos deberán poseerse, como fecha límite, en el momento de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
3.3.- Será requisito para el acceso a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, y
para el ejercicio de las mismas, el no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluya la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y
explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a
tales profesiones, oficios o actividades, deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación
negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
4. Solicitudes.
4.1.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud mediante instancia dirigida al Sr. AlcaldePresidente del Excmo. Ayuntamiento de Fuente del Maestre, cuyo modelo se recoge en el anexo I, en la cual los interesados
deberán manifestar que conocen las presentes bases y las aceptan, y que reúnen todos y cada uno de los requisitos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Los procesos selectivos correspondientes a la oferta de empleo público de estabilización de empleo temporal, se han de
realizar garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, recogidos en el
artículo 55.1 y 2 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público:
Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad,
mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.
f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
3. Requisitos de los aspirantes.
3.1.- Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto para los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea en el artículo 57 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a
desempeñar.
c) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso a la escala de administración general. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Grado en Educación Infantil, Diplomatura Maestro con especialización en
Educación Infantil o Preescolar o equivalente. Las posibles equivalencias de titulaciones deberán ser
presentadas y acreditadas por los aspirantes.
3.2.- Los requisitos establecidos deberán poseerse, como fecha límite, en el momento de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
3.3.- Será requisito para el acceso a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, y
para el ejercicio de las mismas, el no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluya la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y
explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a
tales profesiones, oficios o actividades, deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación
negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
4. Solicitudes.
4.1.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud mediante instancia dirigida al Sr. AlcaldePresidente del Excmo. Ayuntamiento de Fuente del Maestre, cuyo modelo se recoge en el anexo I, en la cual los interesados
deberán manifestar que conocen las presentes bases y las aceptan, y que reúnen todos y cada uno de los requisitos
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