Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Usagre. (04765/2024)
Bases de la convocatoria para la selección en régimen de interinidad de una plaza de Secretaría-Intervención
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Ayuntamiento de Usagre
Anuncio 4765/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Usagre
Usagre (Badajoz)
Anuncio 4765/2024
Bases de la convocatoria para la selección en régimen de interinidad de una plaza de Secretaría-Intervención
CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD DE UNA PLAZA DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 216/2024, de fecha 4 de octubre de 2024, las bases y la
convocatoria para la selección de personal funcionario interino para la plaza de Secretario-Interventor vacante en este
Ayuntamiento, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a
la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES PARA LA PROVISIÓN INTERINA DEL PUESTO DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN
1. Objeto de la convocatoria.
1.1. Las presentes bases tienen por objeto la regulación del concurso-oposición para la provisión interina del
puesto de Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
10.1.b) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP), y 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por que se
regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional
(Real Decreto 128/2018).
1.2. El nombramiento será válido hasta la reincorporación de su titular al cesar en la situación de incapacidad
laboral transitoria que la motiva o la plaza sea cubierta por cualquiera de las fórmulas previstas en el Real
Decreto 128/2018, que tengan carácter prioritario al nombramiento interino.
1.3. Las retribuciones serán las correspondientes al grupo A, subgrupo A1, con el nivel de complemento de
destino y demás retribuciones complementarias que estén determinadas en la respectiva Relación de Puestos
de Trabajo y se hallen consignadas en el presupuesto municipal.
2. Condiciones de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos en la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
Nacionalidad. Tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el artículo 19.1 del Real
Decreto 128/2018, que remite a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo,
sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de
nacionales de otros Estados, a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes al puesto
convocado.
Edad. Tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las disposiciones legales
vigentes para la jubilación forzosa.
Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso a la escala de funcionarios de Administración Local con Habilitación
de Carácter Nacional.
Titulación. Estar en posesión, o en condiciones de obtener en el momento en que termine el plazo de
presentación de instancias, la titulación universitaria exigida para el ingreso en los cuerpos o escalas
clasificados en el subgrupo A1, de acuerdo con lo previsto en el TREBEP.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD DE UNA PLAZA DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 216/2024, de fecha 4 de octubre de 2024, las bases y la
convocatoria para la selección de personal funcionario interino para la plaza de Secretario-Interventor vacante en este
Ayuntamiento, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a
la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES PARA LA PROVISIÓN INTERINA DEL PUESTO DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN
1. Objeto de la convocatoria.
1.1. Las presentes bases tienen por objeto la regulación del concurso-oposición para la provisión interina del
puesto de Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
10.1.b) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP), y 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por que se
regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional
(Real Decreto 128/2018).
1.2. El nombramiento será válido hasta la reincorporación de su titular al cesar en la situación de incapacidad
laboral transitoria que la motiva o la plaza sea cubierta por cualquiera de las fórmulas previstas en el Real
Decreto 128/2018, que tengan carácter prioritario al nombramiento interino.
1.3. Las retribuciones serán las correspondientes al grupo A, subgrupo A1, con el nivel de complemento de
destino y demás retribuciones complementarias que estén determinadas en la respectiva Relación de Puestos
de Trabajo y se hallen consignadas en el presupuesto municipal.
2. Condiciones de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos en la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
Nacionalidad. Tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el artículo 19.1 del Real
Decreto 128/2018, que remite a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo,
sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de
nacionales de otros Estados, a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes al puesto
convocado.
Edad. Tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las disposiciones legales
vigentes para la jubilación forzosa.
Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso a la escala de funcionarios de Administración Local con Habilitación
de Carácter Nacional.
Titulación. Estar en posesión, o en condiciones de obtener en el momento en que termine el plazo de
presentación de instancias, la titulación universitaria exigida para el ingreso en los cuerpos o escalas
clasificados en el subgrupo A1, de acuerdo con lo previsto en el TREBEP.
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