Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Baterno. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04746/2024)
Aprobación inicial de la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de suministro de agua
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Baterno
Anuncio 4746/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Baterno
Baterno (Badajoz)
Anuncio 4746/2024
Aprobación inicial de la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de suministro de agua
Francisco Javier Gómez Sánchez, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Baterno (Badajoz).
Certifico: Que el pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 1 de octubre de 2024, adoptó entre otros,
el acuerdo:
"ACUERDO
Primero. Aprobar provisionalmente la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio
de suministro de agua por los siguientes motivos:
Acuerdo de Promedio sobre la adhesión de Baterno al servicio de suministro de agua en alta y baja.
Segundo. Exponer al público el anterior acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios
municipal durante el plazo de 30 días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro del cual las personas interesadas podrán examinar el expediente y
presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad
https://baterno.sedelectronica.es.
Tercero. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo
anteriormente indicado, que el acuerdo es definitivo, con base en el artículo 17.3 del Texto Refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Cuarto. Facultar a la alcaldía para suscribir los documentos relacionados con este asunto".
Y para que conste y surta efectos los efectos oportunos, se expide la presente con el visto bueno del Sr. Alcalde en Baterno,
a fecha de las firmas electrónicas.
En Baterno, a fecha de la firma digital.- V.º B.º El Alcalde-Presidente, Mariano Alcobendas Madrid.- El Secretario-Interventor,
Francisco Javier Gómez Sánchez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 3
Anuncio 4746/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Baterno
Baterno (Badajoz)
Anuncio 4746/2024
Aprobación inicial de la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de suministro de agua
Francisco Javier Gómez Sánchez, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Baterno (Badajoz).
Certifico: Que el pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 1 de octubre de 2024, adoptó entre otros,
el acuerdo:
"ACUERDO
Primero. Aprobar provisionalmente la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio
de suministro de agua por los siguientes motivos:
Acuerdo de Promedio sobre la adhesión de Baterno al servicio de suministro de agua en alta y baja.
Segundo. Exponer al público el anterior acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios
municipal durante el plazo de 30 días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro del cual las personas interesadas podrán examinar el expediente y
presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad
https://baterno.sedelectronica.es.
Tercero. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo
anteriormente indicado, que el acuerdo es definitivo, con base en el artículo 17.3 del Texto Refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Cuarto. Facultar a la alcaldía para suscribir los documentos relacionados con este asunto".
Y para que conste y surta efectos los efectos oportunos, se expide la presente con el visto bueno del Sr. Alcalde en Baterno,
a fecha de las firmas electrónicas.
En Baterno, a fecha de la firma digital.- V.º B.º El Alcalde-Presidente, Mariano Alcobendas Madrid.- El Secretario-Interventor,
Francisco Javier Gómez Sánchez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 3