Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Organismo Autónomo Industrial Finca Los Castillejos (Fuente de Cantos). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04704/2024)
Bases de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso, para cubrir dos plazas de Trabajador/a Social, personal laboral fijo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 4704/2024
transformación del mercado de trabajo.
12.4.- La forma de funcionamiento de la bolsa es la siguiente:
El llamamiento de los aspirantes que conformen la bolsa de empleo se hará progresivamente en función de
las necesidades de personal y por riguroso orden de puntuación.
El llamamiento se realizará de la siguiente forma:
- A través de llamada telefónica. Se realizarán dos intentos.
- En caso de no poder contactar telefónicamente, se intentará por una sola vez mediante
comunicación en el domicilio indicado en la solicitud de participación. En caso de estar ausente,
se le dejará un aviso.
El llamamiento se efectuará según los datos de contacto que consten en la instancia de los interesados;
siendo obligación de los mismos mantener sus datos de localización actualizados. Si no comunicase el cambio
de los datos y no fuera posible contactar con él pasará a la situación de ilocalizable y será excluido de la bolsa.
Los interesados deberán responder a la oferta del puesto de trabajo en el plazo de cuarenta y ocho (48)
horas, entendiéndose que renuncia al mismo si en ese plazo el interesado no se pusiera en contacto con el
Ayuntamiento. En ese caso, se procederá al llamamiento del siguiente de la lista.
Se dejará constancia en el expediente de las llamadas efectuadas y de las contestaciones de los aspirantes.
12.5.- Operarán como causas de exclusión de la bolsa las siguientes:
a) Renunciar al puesto de trabajo para el que ha sido llamado, salvo causas
justificadas. Se entenderá por causa justificada, conservando el orden ocupado
en la lista:
a) Padecimiento de enfermedad que le imposibilite temporalmente el desarrollo de las
funciones inherentes al puesto, debiendo acreditarla mediante documento expedido por un
médico facultativo.
b) Enfermedad grave de un familiar directo a su cargo (entendiendo como tal: padre/madre,
hijo/a, hermano/a y cónyuge/pareja de hecho) siempre que se acredite documentalmente.
c) Estar realizando actividad formativa impartida por un organismo oficial. A tales efectos
deberá de aportar documentación acreditativa de esta circunstancia expedida por la persona
de la entidad que imparta la formación habilitada para ello.
b) Extinguir voluntariamente el contrato sin haber finalizado el mismo sin causa
justificada.
c) Incurrir en la falsificación u omisión de los datos aportados en la solicitud o
con posterioridad a la misma.
d) Por voluntad propia del candidato, mediante formulación de solicitud en el
Registro de Entrada de este Ayuntamiento.
12.6.- El integrante de la bolsa que sea nombrado causará baja provisional en la misma, y una vez que cese
en su nombramiento o contratación por el Ayuntamiento de Fuente del Maestre, volverá a causar alta en la
citada bolsa de empleo en el puesto de la misma que le corresponda en relación con los puntos obtenidos,
funcionado la bolsa por orden de mayor puntuación.
12.7.- Ninguna persona podrá formar parte simultáneamente de dos o más bolsas de trabajo del
Ayuntamiento de Fuente del Maestre, debiendo escoger expresamente la categoría profesional a la cual
quiere pertenecer y renunciar, igualmente de forma expresa, a las restantes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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transformación del mercado de trabajo.
12.4.- La forma de funcionamiento de la bolsa es la siguiente:
El llamamiento de los aspirantes que conformen la bolsa de empleo se hará progresivamente en función de
las necesidades de personal y por riguroso orden de puntuación.
El llamamiento se realizará de la siguiente forma:
- A través de llamada telefónica. Se realizarán dos intentos.
- En caso de no poder contactar telefónicamente, se intentará por una sola vez mediante
comunicación en el domicilio indicado en la solicitud de participación. En caso de estar ausente,
se le dejará un aviso.
El llamamiento se efectuará según los datos de contacto que consten en la instancia de los interesados;
siendo obligación de los mismos mantener sus datos de localización actualizados. Si no comunicase el cambio
de los datos y no fuera posible contactar con él pasará a la situación de ilocalizable y será excluido de la bolsa.
Los interesados deberán responder a la oferta del puesto de trabajo en el plazo de cuarenta y ocho (48)
horas, entendiéndose que renuncia al mismo si en ese plazo el interesado no se pusiera en contacto con el
Ayuntamiento. En ese caso, se procederá al llamamiento del siguiente de la lista.
Se dejará constancia en el expediente de las llamadas efectuadas y de las contestaciones de los aspirantes.
12.5.- Operarán como causas de exclusión de la bolsa las siguientes:
a) Renunciar al puesto de trabajo para el que ha sido llamado, salvo causas
justificadas. Se entenderá por causa justificada, conservando el orden ocupado
en la lista:
a) Padecimiento de enfermedad que le imposibilite temporalmente el desarrollo de las
funciones inherentes al puesto, debiendo acreditarla mediante documento expedido por un
médico facultativo.
b) Enfermedad grave de un familiar directo a su cargo (entendiendo como tal: padre/madre,
hijo/a, hermano/a y cónyuge/pareja de hecho) siempre que se acredite documentalmente.
c) Estar realizando actividad formativa impartida por un organismo oficial. A tales efectos
deberá de aportar documentación acreditativa de esta circunstancia expedida por la persona
de la entidad que imparta la formación habilitada para ello.
b) Extinguir voluntariamente el contrato sin haber finalizado el mismo sin causa
justificada.
c) Incurrir en la falsificación u omisión de los datos aportados en la solicitud o
con posterioridad a la misma.
d) Por voluntad propia del candidato, mediante formulación de solicitud en el
Registro de Entrada de este Ayuntamiento.
12.6.- El integrante de la bolsa que sea nombrado causará baja provisional en la misma, y una vez que cese
en su nombramiento o contratación por el Ayuntamiento de Fuente del Maestre, volverá a causar alta en la
citada bolsa de empleo en el puesto de la misma que le corresponda en relación con los puntos obtenidos,
funcionado la bolsa por orden de mayor puntuación.
12.7.- Ninguna persona podrá formar parte simultáneamente de dos o más bolsas de trabajo del
Ayuntamiento de Fuente del Maestre, debiendo escoger expresamente la categoría profesional a la cual
quiere pertenecer y renunciar, igualmente de forma expresa, a las restantes.
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