Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez. Organismo Autónomo Industrial Finca Los Castillejos (Fuente de Cantos). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04716/2024)
Aprobación inicial del Plan estratégico de subvenciones para el año 2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez
Anuncio 4716/2024
No se contemplan ninguna para el Presupuesto de este año.
Se establecerán otros criterios de valoración para otras actuaciones municipales como pudieran ser actividades, concursos,
premios, etc.
BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL
Base 26.ª.- Con carácter general los perceptores de subvenciones, deberán justificar la aplicación finalista de los fondos
recibidos. Asimismo, acreditar encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento.
Las subvenciones otorgadas por este Ayuntamiento se regirán por la normativa siguiente:
Por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Por el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Por el Plan Estratégico de Subvenciones de este Ayuntamiento.
Con carácter previo a la concesión de cualquier subvención, deberá constar en el expediente que el solicitante se halla al
corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones
vigentes; hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, y certificado expedido por la
tesorería de que el solicitante no es deudor por ningún concepto a esta Tesorería Municipal.
En virtud del artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones los procedimientos para llevar a
cabo la concesión de subvenciones son:
Procedimiento de concurrencia competitiva.
Procedimiento de concesión directa.
Otros tipos de procedimientos establecidos potestativamente por el Ayuntamiento.
La justificación de subvenciones se realizará conforme establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Puebla de Sancho Pérez, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María de la Luz Castilla Santos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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No se contemplan ninguna para el Presupuesto de este año.
Se establecerán otros criterios de valoración para otras actuaciones municipales como pudieran ser actividades, concursos,
premios, etc.
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Base 26.ª.- Con carácter general los perceptores de subvenciones, deberán justificar la aplicación finalista de los fondos
recibidos. Asimismo, acreditar encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento.
Las subvenciones otorgadas por este Ayuntamiento se regirán por la normativa siguiente:
Por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Por el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Por el Plan Estratégico de Subvenciones de este Ayuntamiento.
Con carácter previo a la concesión de cualquier subvención, deberá constar en el expediente que el solicitante se halla al
corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones
vigentes; hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, y certificado expedido por la
tesorería de que el solicitante no es deudor por ningún concepto a esta Tesorería Municipal.
En virtud del artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones los procedimientos para llevar a
cabo la concesión de subvenciones son:
Procedimiento de concurrencia competitiva.
Procedimiento de concesión directa.
Otros tipos de procedimientos establecidos potestativamente por el Ayuntamiento.
La justificación de subvenciones se realizará conforme establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Puebla de Sancho Pérez, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María de la Luz Castilla Santos.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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