Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04635/2024)
Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 1/2024
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Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros
Salvatierra de los Barros (Badajoz)
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Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 1/2024

APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO 1/2024
"Transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gastos"
El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2024, ha aprobado inicialmente el
expediente de modificación de créditos número 1/2024 del presupuesto general de la entidad para el ejercicio 2024.
Así pues, y conforme dispone el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y demás legislación concordante; el
expediente, se encuentra expuesto al público, a efectos reclamaciones y alegaciones.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del TRLRHL citado a que se ha hecho
referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar
reclamaciones y alegaciones ante el Pleno de la Corporación en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente
a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Durante dicho plazo, podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las reclamaciones y alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento: Tablón de anuncios y portal
de transparencia (https://salvatierradelosbarros.sedelectronica.es).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.1 del TRLRHL, si no se presenta reclamación alguna, el acuerdo de
aprobación inicial pasará a definitivo sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo.
En Salvatierra de los Barros, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Abel Caro Díaz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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