Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04536/2024)
Extracto de las bases y la convocatoria de subvenciones en especies, de la Diputación de Badajoz destinadas a los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz para la dotación de Equipos de Protección Individual para 2024
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 4536/2024
a los datos y certificaciones obrantes en la entidad solicitante anexo IV.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se
podrán descargar en las siguientes direcciones web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php,
http://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Todos los anexos y resto de documentación debe presentarse en formato digital no editable
(Ej: PDF, JPG...).
Al amparo de lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud de iniciación presentada
no reuniese los requisitos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles,
subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo
hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en
los términos previstos.
Quinto.- Criterios de adjudicación.
El presente plan de subvenciones en especie consiste en la entrega de equipos de protección individual que se otorgarán a
todos los municipios de menos de 20.000 habitantes.
La cuantía total del crédito presupuestario asignado inicialmente a la convocatoria asciende a 315.000,00 €.
Todos los municipios con menos de 20.000 habitantes son susceptibles de ser beneficiarios de la entrega de Epis, ofrecidos
por esta Diputación en sus distintas líneas de actuación.
El criterio para el reparto será el siguiente, a cada municipio se le asignará una cantidad económica inicial de 1.000,00 euros,
lo cual, de acuerdo al número de entidades beneficiarias, hacen un total de 175.000,00 €, los 140.000,00 €, restantes se
repartirán proporcionalmente, en función de las cantidades económicas que perciban los ayuntamientos de los siguientes
programas: Subvención Aepsa y Programa para el fomento del empleo agrario, dado que ambas, para su ejecución, precisan
la contratación de personas y por ende la dotación, a las mismas, con equipos de protección individual, resultando las
siguientes cantidades.
Municipio
Acedera
AEPSA
Asignación fija
Reparto según
subvención
Total asignado
21.560,00 €
1.000,00 €
78,64 €
1.078,64 €
Aceuchal
380.000,00 € 214.670,00 €
1.000,00 €
1.911,78 €
2.911,78 €
Ahillones
248.100,00 €
45.070,00 €
1.000,00 €
942,50 €
1.942,50 €
Alange
2.900,00 €
PCEM
35.900,00 € 129.530,00 €
1.000,00 €
531,84 €
1.531,84 €
Albuera, La
127.600,00 € 100.290,00 €
1.000,00 €
732,64 €
1.732,64 €
Alburquerque
201.100,00 € 264.140,00 €
1.000,00 €
1.495,68 €
2.495,68 €
Alconchel
139.600,00 € 117.210,00 €
1.000,00 €
825,61 €
1.825,61 €
Alconera
31.200,00 €
69.340,00 €
1.000,00 €
323,22 €
1.323,22 €
4.300,00 €
24.630,00 €
1.000,00 €
93,01 €
1.093,01 €
Almendral
184.800,00 €
91.950,00 €
1.000,00 €
889,71 €
1.889,71 €
Arroyo de San Serván
181.600,00 € 236.480,00 €
1.000,00 €
1.344,07 €
2.344,07 €
24.220,00 €
1.000,00 €
279,76 €
1.279,76 €
380.000,00 € 383.110,00 €
1.000,00 €
2.453,30 €
3.453,30 €
Aljucén
Atalaya
Azuaga
Barbaño
62.800,00 €
30.400,00 €
40.580,00 €
1.000,00 €
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D, Vicepresidente tercero y Sr. Diputado Delegado del Área de Recursos
Humanos y Régimen Interior (Decreto de 1 de julio de 2023 BOP de 3 de julio de 2023) Ramón Díaz Farias.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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a los datos y certificaciones obrantes en la entidad solicitante anexo IV.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se
podrán descargar en las siguientes direcciones web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php,
http://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Todos los anexos y resto de documentación debe presentarse en formato digital no editable
(Ej: PDF, JPG...).
Al amparo de lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud de iniciación presentada
no reuniese los requisitos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles,
subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo
hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en
los términos previstos.
Quinto.- Criterios de adjudicación.
El presente plan de subvenciones en especie consiste en la entrega de equipos de protección individual que se otorgarán a
todos los municipios de menos de 20.000 habitantes.
La cuantía total del crédito presupuestario asignado inicialmente a la convocatoria asciende a 315.000,00 €.
Todos los municipios con menos de 20.000 habitantes son susceptibles de ser beneficiarios de la entrega de Epis, ofrecidos
por esta Diputación en sus distintas líneas de actuación.
El criterio para el reparto será el siguiente, a cada municipio se le asignará una cantidad económica inicial de 1.000,00 euros,
lo cual, de acuerdo al número de entidades beneficiarias, hacen un total de 175.000,00 €, los 140.000,00 €, restantes se
repartirán proporcionalmente, en función de las cantidades económicas que perciban los ayuntamientos de los siguientes
programas: Subvención Aepsa y Programa para el fomento del empleo agrario, dado que ambas, para su ejecución, precisan
la contratación de personas y por ende la dotación, a las mismas, con equipos de protección individual, resultando las
siguientes cantidades.
Municipio
Acedera
AEPSA
Asignación fija
Reparto según
subvención
Total asignado
21.560,00 €
1.000,00 €
78,64 €
1.078,64 €
Aceuchal
380.000,00 € 214.670,00 €
1.000,00 €
1.911,78 €
2.911,78 €
Ahillones
248.100,00 €
45.070,00 €
1.000,00 €
942,50 €
1.942,50 €
Alange
2.900,00 €
PCEM
35.900,00 € 129.530,00 €
1.000,00 €
531,84 €
1.531,84 €
Albuera, La
127.600,00 € 100.290,00 €
1.000,00 €
732,64 €
1.732,64 €
Alburquerque
201.100,00 € 264.140,00 €
1.000,00 €
1.495,68 €
2.495,68 €
Alconchel
139.600,00 € 117.210,00 €
1.000,00 €
825,61 €
1.825,61 €
Alconera
31.200,00 €
69.340,00 €
1.000,00 €
323,22 €
1.323,22 €
4.300,00 €
24.630,00 €
1.000,00 €
93,01 €
1.093,01 €
Almendral
184.800,00 €
91.950,00 €
1.000,00 €
889,71 €
1.889,71 €
Arroyo de San Serván
181.600,00 € 236.480,00 €
1.000,00 €
1.344,07 €
2.344,07 €
24.220,00 €
1.000,00 €
279,76 €
1.279,76 €
380.000,00 € 383.110,00 €
1.000,00 €
2.453,30 €
3.453,30 €
Aljucén
Atalaya
Azuaga
Barbaño
62.800,00 €
30.400,00 €
40.580,00 €
1.000,00 €
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D, Vicepresidente tercero y Sr. Diputado Delegado del Área de Recursos
Humanos y Régimen Interior (Decreto de 1 de julio de 2023 BOP de 3 de julio de 2023) Ramón Díaz Farias.
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