Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (04583/2024)
Bases de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso, para cubrir una plaza de Locutor Emisora Municipal, personal laboral fijo
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 4583/2024
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Los procesos selectivos correspondientes a la oferta de empleo público de estabilización de empleo temporal, se han de
realizar garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, recogidos en el
artículo 55.1 y 2 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público:
Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad,
mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a
desarrollar.
f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
3. Requisitos de los aspirantes.
3.1.- Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto para los nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea en el artículo 57 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto
a desempeñar.
c) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de
jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso a la escala de administración general. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Título de Graduado en ESO, graduado escolar, FP1 o
equivalente. Las posibles equivalencias de titulaciones deberán ser presentadas y acreditadas
por los aspirantes.
3.2.- Los requisitos establecidos deberán poseerse, como fecha límite, en el momento de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
4. Solicitudes.
4.1.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud mediante instancia dirigida al
Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Fuente del Maestre, cuyo modelo se recoge en el anexo I,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Los procesos selectivos correspondientes a la oferta de empleo público de estabilización de empleo temporal, se han de
realizar garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, recogidos en el
artículo 55.1 y 2 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público:
Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad,
mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a
desarrollar.
f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
3. Requisitos de los aspirantes.
3.1.- Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto para los nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea en el artículo 57 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto
a desempeñar.
c) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de
jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso a la escala de administración general. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Título de Graduado en ESO, graduado escolar, FP1 o
equivalente. Las posibles equivalencias de titulaciones deberán ser presentadas y acreditadas
por los aspirantes.
3.2.- Los requisitos establecidos deberán poseerse, como fecha límite, en el momento de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
4. Solicitudes.
4.1.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud mediante instancia dirigida al
Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Fuente del Maestre, cuyo modelo se recoge en el anexo I,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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