Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (04567/2024)
Primera resolución parcial de la convocatoria abierta de subvenciones destinadas a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Dinamización Deportiva 2024
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Área de Cultura, Deportes y Juventud

Localidad

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CIF

Actividad

Cantidad concedida
(€)

Ruta Senderista Dehesa y Toro

600,00

Táliga

P0612900A

Torre de Miguel Sesmero

P0613100G Ruta Senderista del Encinar y sus Frutos

599,56

Torrefresneda

P0619200I

600,00

Valdelacalzada

P0616900G Gincana Deportiva

600,00

Valdivia

P0618300H Campeonato de Extremadura de Karate

582,31

Valencia del Ventoso

P0614100F

II Carrera por la Montaña

600,00

Valencia del Ventoso

P0614100F

Duatlón

600,00

Valverde de Leganés

P0614300B

IX Cross Vive la Trashumancia

600,00

Valverde de Leganés

P0614300B

Jornadas Mujer y Deporte

600,00

Valle de Matamoros

P0614700C

IV Trail Valle de Matamoros

600,00

Villagonzalo

P0615100E

VI Carrera Solidaria Galapaguera

600,00

Villalba de los Barros

P0615200C

Actividad Multiaventura Raid

600,00

Villanueva de la Serena

P0615300A

Serona´s Cup

600,00

Villanueva del Fresno

P0615400I

VIII Trail Rayano

600,00

Villanueva del Fresno

P0615400I

Maratón de Fútbol Sala VI Memorial Luis Flores

600,00

Villar del Rey

P0615500F

X Ruta de las Coladas

504,68

Villar del Rey

P0615500F

Ruta del Pastoreo Cañada Real Sancha Brava

448,82

Vivares

P5619701E

VIII Torneo de Fútbol Sala Vivares por la Diversidad

600,00

Zafra

P0615800J

Viernes Lúdico con Hinchables Deportivos

600,00

II Ruta Senderista a El Confesionario

Las cantidades concedidas ascienden a un total de 46.443,57 euros y serán abonadas con cargo a la aplicación
presupuestaria 111-94234-46203-0300 de los presupuestos vigentes de la entidad.
Los ayuntamientos que se incluyen en esta primera resolución parcial cumplen con todos los requisitos para
ser beneficiarios de la concesión, estando al corriente de las obligaciones tributarias con esta Diputación de
Badajoz, y acompañan la justificación completa y correcta de los gastos realizados por lo que procede dar por
justificadas las subvenciones concedidas.
Segundo.- Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Tercero.- Comunicar la resolución dictada al Pleno de la Corporación en la próxima sesión ordinaria que se
celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, a efectos de conocimiento.
Lo dispone así el Diputado Delegado de Cultura, Deportes y Juventud de la Diputación de Badajoz, por
Decreto del Presidente, en Badajoz, a fecha de firma electrónica. Fdo.: Ricardo Cabezas Martín. (Decreto
10/4/2024, BOP 11/4/2024).
Por el Secretario General, se toma razón, para su transcripción al libro electrónico de resoluciones, y a los
solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de
los ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto
128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración
Local con Habilitación de Carácter Nacional".
Todo lo anterior se hace público para conocimiento y efectos oportunos, indicando que contra la presente resolución, que
pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de
Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial
de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente dentro del plazo de 2 meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, todo ello de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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