Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (04545/2024)
Resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de salud mental en la provincia de Badajoz durante el ejercicio económico 2024
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo
Expdte.
Fdoc.
NIF
Entidad
Anuncio 4545/2024
Título proyecto
Total
concedido
2024/2545
G06194492 Asoc. Protectora Personas
Promoción integral de la
Minusválidas (Plena Inclusión salud mental en Villafranca
Villafranca)
de los Barros
15.629,36 €
2024/2551
G06020697 Asociación Plena Inclusión
Xerez
Punto de atención
psicológica para familiares
y/o cuidadores de personas
con discapacidad
20.007,96 €
2024/2544
G06280663 Asociación de Familiares y
Personas con Trastorno
Mental Grave de Zafra, su
comarca y zona Sur de
Extremadura (FEAFES Zafra)
"Prevenir es vivir" (programa
de detección y prevención de
conductas suicidas)
11.401,04 €
2024/2535
G28197564 Asociación Española Contra
el Cáncer
Cuidado salud mental de
personas enfermas de
cáncer y familiares
36.985,50 €
2024/2534
G06407100 Asoc. Extremeña de
Enfermos de Huntington
Fortalenciendo la salud
mental en la enfermedad de
Huntington: apoyo integral
para pacientes y familiares
7.098,83 €
2024/2539
G21192000 Asociación Olontense Contra
la Droga
Atención terapéutica: Salud
mental infanto-juvenil
7.044,54 €
Total:
494.763,31 €
Tercero.- Dicho gasto se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 220/231.01/480.07/0100, del
vigente presupuesto de gastos.
Cuarto.- De acuerdo con lo estipulado en el artículo 189.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los perceptores de
esta subvención deberán justificar los fondos que perciben por este concepto.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y BDNS, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Sexto.- Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón, para su trascripción al libro
electrónico de resoluciones, y a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad,
confidencialidad, protección y conservación de los ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo
dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen
Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
Lo dispone así el Presidente de la Diputación, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 14.1. primera, 25.1 y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que pueda
interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- EL Presidente, P.D.: La Diputada Delegada de Políticas Sociales y Cooperación
Internacional al Desarrollo, (decreto 10/4/2024, BOP 11/4/2024, suplemento I), Ana Belén Valls Muñoz.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Expdte.
Fdoc.
NIF
Entidad
Anuncio 4545/2024
Título proyecto
Total
concedido
2024/2545
G06194492 Asoc. Protectora Personas
Promoción integral de la
Minusválidas (Plena Inclusión salud mental en Villafranca
Villafranca)
de los Barros
15.629,36 €
2024/2551
G06020697 Asociación Plena Inclusión
Xerez
Punto de atención
psicológica para familiares
y/o cuidadores de personas
con discapacidad
20.007,96 €
2024/2544
G06280663 Asociación de Familiares y
Personas con Trastorno
Mental Grave de Zafra, su
comarca y zona Sur de
Extremadura (FEAFES Zafra)
"Prevenir es vivir" (programa
de detección y prevención de
conductas suicidas)
11.401,04 €
2024/2535
G28197564 Asociación Española Contra
el Cáncer
Cuidado salud mental de
personas enfermas de
cáncer y familiares
36.985,50 €
2024/2534
G06407100 Asoc. Extremeña de
Enfermos de Huntington
Fortalenciendo la salud
mental en la enfermedad de
Huntington: apoyo integral
para pacientes y familiares
7.098,83 €
2024/2539
G21192000 Asociación Olontense Contra
la Droga
Atención terapéutica: Salud
mental infanto-juvenil
7.044,54 €
Total:
494.763,31 €
Tercero.- Dicho gasto se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 220/231.01/480.07/0100, del
vigente presupuesto de gastos.
Cuarto.- De acuerdo con lo estipulado en el artículo 189.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los perceptores de
esta subvención deberán justificar los fondos que perciben por este concepto.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y BDNS, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Sexto.- Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón, para su trascripción al libro
electrónico de resoluciones, y a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad,
confidencialidad, protección y conservación de los ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo
dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen
Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
Lo dispone así el Presidente de la Diputación, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 14.1. primera, 25.1 y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que pueda
interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- EL Presidente, P.D.: La Diputada Delegada de Políticas Sociales y Cooperación
Internacional al Desarrollo, (decreto 10/4/2024, BOP 11/4/2024, suplemento I), Ana Belén Valls Muñoz.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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